Contenido para:
Todo el país

El compromiso de modificar el Reglamento de Copropiedad y Administración sólo pueden hacerlo los condóminos

4953 personas leyeron esto
Versión para imprimir
Publicado el
Fecha del Fallo: 21.04.2010
Partes: Averbuj c/Bustos
Tribunal: CNCiv Sala L


Si una persona que no es propietaria (no figura como titular dominial en el Registro de la Propiedad Inmueble) se compromete a modificar el Reglamento de Copropiedad y Administración, ello es una obligación de cumplimiento imposible.
Eso porque solamente los condóminos del inmueble se encuentran facultados para convocar a una Asamblea a fin de realizar modificaciones en el Reglamento.

® Liga del Consorcista

Tags: propiedad horizontal, Reglamento de Copropiedad y Administración, derecho de propiedad, Administrativo. Registros & Temas Municipales,

SUSCRIPCIÓN GRATUITA
Todas las novedades en Propiedad Horizontal