Las empresas de servcios eventuales sólo están autorizadas a proveer personal a terceros para cumplir servicios en forma temporaria, o responder a exigencias extraordinarias y transitorias.
Cuando la relación de trabajo no se ajusta a dichos parámetros, la relación cae bajo el principio general de la solidaridad laboral.
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Todo el país
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Trabajador contratado por empresa de servicios eventuales reclama contra la empresa donde efectivamente prestó servicios
Fecha del Fallo: 29.03.2010
Partes: Carocci c/Autoliv
Tribunal: CNTrab Sala IV
Tags: laboral, responsabilidad, encargados / servicio de limpieza / servicio de vigilancia,