Un sindicato demanda a una empresa por el cobro de aportes patronales adeudados.
La empresa demandada opuso la defensa de la prescripción, por entender que los aportes adeudados eran anteriores a los 5 años.
La Cámara determinó que corresponde aplicar el Plenario Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios c/Brexter S.A., la que determina un plazo aplicable de 10 años (art. 4023 del Código Civil).
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La prescripción de la acción por cobro de aportes patronales que tienen los Sindicatos es de 10 años
Fecha del Fallo: 30.06.2010
Partes: Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios c/Casa Escalada SCA
Tribunal: CNTrab Sala IV
Tags: laboral, prescripción, aportes, sindicato, aportes y contribuciones,