Fecha del Fallo: 06.09.2010 Partes: Banco de San Juan S.A. c/Juan de Dios Videla Tribunal: CJ San Juan Sala I
La inscripción de un inmueble como bien de familia es inoponible al ejecutante de un crédito devengado con anterioridad.
La inembargabilidad consecuencia de la inscripción como bien de familia de un bien sólo comprende las deudas posteriores a la registración, estando excluidas las que se asumieron con anterioridad.
® Liga del Consorcista
Tags:Administrativo. Registros & Temas Municipales, De Interés General para la Familia Urbana, Bien de Familia, familia, inembargabilidad,
Ya salió la tercera edición ampliada y actualizada del manual de la Liga del Consorcista Todo Sobre Consorcios
Se incorporaron las modificaciones del nuevo Código Civil, tomando en consideración las diferencias con la derogada ley 13.512 y las novedades introducidas por el nuevo régimen.