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Si existió una convicción razonable sobre el derecho a iniciar un daño temido, corresponde que las costas las pague el director de obra demandado

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Fecha del Fallo: 19.04.2011
Partes: Consorcio de Propietarios Santiago del Estero 4544/58 c/ Prop. director Director de Obra
Tribunal: CNCiv Sala E


Más allá que en definitiva no hubo que tomar ninguna medida para evitar un daño futuro porque el edificio llegó a un nuevo punto de equilibrio a partir del cual no se produjeron nuevos deterioros, lo cierto es que no sólo el inicio de estas actuaciones se encontraba plenamente justificado sino que, además, resulta evidente que la cautela adoptada fue necesaria para determinar la existencia de algún peligro por la continuación de la obra lindera.

Es por ello que las costas derivadas del progreso de la acción de daño temido, deben imponerse al director de obra demandado.

® Liga del Consorcista

Tags: Conflictos Generales de Vecindad, Daños y Perjuicios, obra, Cuestiones Técnicas y Estructurales (ascensores - balcones - medianería),

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