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Cámaras cloacales comunes en una unidad funcional: El propietario debe permitir el paso del Consorcio para su limpieza y no tiene derecho al cambio de lugar de dichas cámaras

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Fecha del Fallo: 13/09/2011
Partes: Piazza, Araceli Esther c/ Cons. de Coprop. Austria 1768/1769 s/daños y perjuicios
Tribunal: CNCiv


Una propietaria demanda al Consorcio porque existen cámaras cloacales en la zona de acceso a su unidad funcional.
Alega que padece molestias porque el Consorcio debe ingresar periódicamente a su unidad a efectuar la limpieza de cañerías.

El Tribunal consideró que la propietaria no probó dicho padecimiento en virtud de la ubicación de las cámaras, amén de ello tampoco existe normativa que obligue al consorcio a modificar su localización, puesto que esta situación era previa a la consolidación del dominio de la actora sobre la propiedad.

El Tribunal rechaza la demanda por daños y perjuicios.

® Liga del Consorcista

Tags: propiedad horizontal, Daños y Perjuicios, higiene, salubridad, Conflictos Generales de Vecindad, vecindad,

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