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Razones para habilitar la feria judicial

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Fecha del Fallo: 09.01.2012
Partes: AFIP c/ S.A. La Nación s/ medida cautelar AFIP
Tribunal: CNACAF


Como principio, las razones de urgencia que determinan la habilitación del feriado judicial son sólo aquellas que entrañan para los litigantes un riesgo cierto e inminente de ver frustrados los derechos para cuya tutela se requiere la protección judicial, siendo preciso que se justifique el perjuicio que irrogaría la demora en adoptar la decisión requerida y los motivos de urgencia que la tornen ineficaz por el mero hecho de que se resuelva en el período ordinario.

® Liga del Consorcista

Tags: De Interés General para la Familia Urbana, feria, Administrativo. Registros & Temas Municipales,

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