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Los ticket canasta son parte de la remuneración normal, mensual y habitual

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Fecha del Fallo: 15.07.2011
Partes: Lamaestra, Sara c/Jumbo Retail Argentina S.A. s/Despido
Tribunal: CNTrab Sala X


Los tickets canasta que son abonados de manera mensual, norma y habitual deben considerarse una prestación derivada del contrato de trabajo.

Si bien el art. 103 bis inc. c) de la Ley de Contrato de Trabajo los caracterizaba como un beneficio social no remuneratorio, el convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo que ha sido ratificado por la República Argentina prohíbe el pago de salarios con vales o cupones.

En el caso, el empleador apeló la sentencia que incluyó los ticket canasta dentro de la remuneración fijada como base para calcular la indemnización por despido.
La Cámara confirmó la sentencia.

® Liga del Consorcista

Tags: laboral,

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