Se rechazó la indemnización por incapacidad laboral permanente, producida por un accidente de trabajo.
El Tribunal Superior de Mendoza considera sentencia arbitraria porque el silencio de la aseguradora, en el plazo de ley, debe interpretarse como reconocimiento del siniestro, salvo prueba en contrario.
Ante la falta de prueba del rechazo fehaciente y oportuno del siniestro ocurrido en el lugar de trabajo, sumado al accionar inequívoco de la aseguradora de aceptación del mismo, debe considerarse tácitamente aceptado el siniestro como accidente de trabajo.
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ACCIDENTE DE TRABAJO. Silencio de la Aseguradora-Aceptación tácita-
Fecha del Fallo: 21-10-2019
Partes: P., J. O. c/ GALENO ART S.A. p/ accidente p/ recurso extraordinario provincial
Tribunal: Suprema Corte de la Provincia de Mendoza-Sala 2a.
Tags: laboral, accidentes o enfermedades laborales,