En el marco de una acción de amparo tendiente a resguardar el derecho constitucional de la amparista a un ambiente sano y equilibrado y a la preservación del patrimonio natural, puntualmente del arbolado público, se ordena al Poder Ejecutivo de CABA arbitrar las medidas correspondientes para materializar la inmediata suspensión de cualquier actividad de poda y/o tala del arbolado público existente en la ciudad que no cumpla con lo dispuesto por los artículos 10, 11 y 12 de la Ley 3263.
Considera que no se observa que la medida adoptada afecte el interés público comprometido y advierte que la tutela preventiva no impuso la paralización de una tarea u obra pública y tampoco conlleva un riesgo de que ello ocurra, toda vez que la manda cautelar no ordenó la suspensión general del servicio de mantenimiento del arbolado público de la ciudad sino solamente en los casos en que no se cumpla con lo dispuesto por los arts.
10, 11 y 12 de la ley 3263 y siempre que mediaren situaciones excepcionales que no admitan demora.
La primera instancia admitió la legitimación de la parte actora en su condición de habitante de la ciudad e hizo lugar a la cautelar solicitada.
La Cámara confirma la sentencia, que fuera oportunamente apelada por la CABA.
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LEY 3263
Artículo 10.- Evaluación: Previo a cada intervención en el arbolado público, la Autoridad de Aplicación deberá realizar una evaluación técnica de los ejemplares a afectar y consignar el tratamiento o procedimiento adecuado para la resolución del mismo.
Artículo 11.- Personal técnico: El personal afectado a las tareas de evaluación técnica, plantación, poda, trasplante o tala, o cualquier otra intervención sobre el arbolado público, deberá estar habilitado para la realización de las mismas mediante capacitaciones y evaluaciones sobre cada labor.
Artículo 12.- Habilitación: La Autoridad de Aplicación instrumentará las medidas a fin de certificar la capacidad del personal para la evaluación técnica de los árboles.
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Por cautelar se suspende la poda del arbolado público en CABA
Fecha del Fallo: 9-11-2017
Partes: Heras, Claudia c/GCBA y otros s/ apelación, amparo, ambiental
Tribunal: CAMARA DE APEL. CONT. ADM. Y TRIB. DE LA CABA. - Sala 01
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