Y VISTOS: El planteo formulado por la defensa solicitando la suspensión del proceso a prueba en la presente causa n° 5398 (registro de origen 54.682/15) en los términos del art. 76 bis y ter del Código Penal respecto de la imputada [...]
argentina, nacida el [...] en la ciudad de Buenos Aires, hija de [...] divorciada, administradora de consorcios, identificada con D.N.I. [...] y con prontuarios serie C.I. [...] de la Policía Federal Argentina y [...] del Registro Nacional de Reincidencia, con domicilio en [...] , de esta ciudad.
Y CONSIDERANDO: I.- Que el representante del Ministerio Público requirió la elevación de esta causa a juicio contra [...] formulándole la imputación en los siguientes términos: “Se atribuye a la nombrada el haber defraudado al Consorcio de Propietarios del edificio de [...] durante su gestión como administradora, abusando de la confianza que le dispensaran sus integrantes y procurándose para sí un beneficio patrimonial ilegítimo, entre abril de 2012 y junio de 2015, en que cesó en su cargo.
En efecto, durante ese lapso y en los periodos de abril de 2012 a enero de 2013; de abril a agosto de 2013; de febrero de 2014 a diciembre de 2014; y en marzo y mayo de 2015, omitió abonar los aportes y contribuciones de la seguridad social del encargado [...] pese a haber liquidado y cobrado los importes correspondientes, con saldo suficiente en caja.
El monto total impago asciende a la suma de $89.235,60 que la acusada desvió en su provecho y en perjuicio del administrado.
Además, durante su gestión y motivado en la falta de pago de los conceptos señalados, se acogió a dos moratorias de AFIP, a espaldas de los consorcistas.
En una primera [...] obligó al administrado al pago de la deuda total más intereses en 40 cuotas que fueron debitadas mensualmente de la cuenta bancaria del Consorcio, en desconocimiento de los copropietarios.
En la segunda moratoria [...] obligo al consorcio administrado al pago de la deuda total más intereses en 120 cuotas aunque cargó su pago por débito automático a otro consorcio.
En ambos casos, la imputada no detalló en las liquidaciones de expensas la existencia de la deuda, originada en la maliciosa omisión de los aportes, ni los compromisos de pago suscriptos con el ente recaudador.
Claro está que tampoco notificó al ente administrado en su momento que no se abonaban tales aportes”.
En esa pieza el representante del Ministerio Público Fiscal calificó el hecho como constitutivo del delito de administración infiel, que atribuyó a [...] en calidad de autora (arts. 45 y 173, inc. 7°, del Código Penal).
II.- Que en la audiencia realizada a tenor del art. 293 C.P.P.N., la imputada [...] ha solicitado, a través de su defensa, la suspensión del juicio a prueba en los términos del art. 76 bis y 76 ter del Código Penal.
El Defensor se remitió a su previa presentación escrita y alegó que, según la calificación asignada al hecho descripto en el requerimiento de elevación, el caso cae bajo los supuestos del art. 76 bis C.P. de acuerdo a una interpretación amplia, ya que las características del hecho que se le imputa a su defendida, sus condiciones de vida y la carencia de antecedentes condenatorios, hacía posible que, en el hipotético caso de que se le imponga una condena, la pena de prisión pueda ser dejada en suspenso.
En cuanto a las condiciones para la procedencia de la suspensión, el Defensor sostuvo que su asistida estaba dispuesta a reparar en la medida de sus posibilidades el daño alegadamente resultante del delito que se le imputa, y a este respecto ofreció abonar la suma de $ 200.000, a pagar en diez cuotas iguales, mensuales y consecutivas, de $ 20.000 cada una.
Además propuso que como condición de la suspensión del proceso, su defendida fije domicilio y se sujete al control del Patronato de Liberados en forma trimestral.
Por último, señaló que subsidiariamente su asistida estaba dispuesta a realizar tareas de utilidad común en la sede de Cáritas más cercana a su domicilio o en el lugar que establezca el Tribunal, por el plazo de un año, y con un término máximo de cuatro horas mensuales.
En la audiencia se explicó a la imputada cuáles son las cargas que podrían imponérsele de aceptarse la petición, y ésta ratificó el pedido de su defensa y su disposición a hacer efectiva la reparación ofrecida.
También fue oída sobre sus circunstancias personales y sus medios de vida. Seguidamente, fue oída la presunta damnificada, Sra. [...] en su calidad de administradora del Consorcio de Propietarios de [...] de esta ciudad”; quien manifestó que aceptaba la reparación ofrecida.
Previo a finalizar la audiencia, el suscripto hizo saber que fijaba el plazo de diez días para que la Sra. [...] presente por Secretaría copia del Acta de la Asamblea de Copropietarios avalando su conformidad respecto de la reparación económica ofrecida por la imputada.
A su turno, la señora Fiscal manifestó en primer lugar que entendía que el monto resarcitorio ofrecido resulta razonable, y destacó que observaba por parte de la imputada [...] un verdadero compromiso para tratar de superar el conflicto que habría ocasionado su conducta conforme fue requerida a juicio.
Luego señaló que en el caso se encuentran cumplidos los requisitos objetivos y subjetivos para la concesión de la suspensión del proceso a prueba, por lo que prestó su conformidad, bajo las condiciones propuestas por la defensa.
En particular, la Sra. Fiscal solicitó que se le imponga a la imputada el pago de cada cuota correspondiente a la reparación, dentro del término previsto entre el día primero y diez de cada mes.
Por último, sostuvo que la pena de inhabilitación prevista en el art. 20 bis del Código Penal, no resulta un impedimento para la concesión de la suspensión del juicio a prueba en la presente causa, en virtud de que, conforme los lineamientos del fallo “Acosta” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la norma en abstracto no requiere una pena de inhabilitación de manera principal o conjunta.
Finalmente, a fs. 359/368 se presentó la Sra [...] acompañando el Acta de la Asamblea de Copropietarios correspondiente; lo cual se tuvo presente y se fijó la audiencia del día de la fecha fin de dar a conocer la resolución del suscripto.
III.- Que, en cuanto a la procedencia del instituto en cuestión, vale destacar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que el criterio que limita el alcance del beneficio previsto en el art. 76 bis del Código Penal a los delitos que tienen prevista una pena de reclusión o prisión cuyo máximo no supere los tres años, tal como lo afirmó la entonces Cámara Nacional de Casación Penal en el plenario “Kosuta”, se funda en una exégesis irrazonable de la norma que no armoniza con los principios de interpretación de las leyes penales (interpretación restrictiva, ultima ratio y pro homine).
Dicha postura consagra una glosa extensiva de la punibilidad que niega un derecho que la propia ley reconoce, otorgando una indebida preeminencia a sus dos primeros párrafos sobre el cuarto, al cual deja totalmente inoperante (A. 2186. XLI, “Acosta, Alejandro Esteban s/ inf. art. 14, 1° párrafo, ley 23.737” -causa n° 28/05-, resuelta el 23 de abril de 2008).
Que, de acuerdo a lo expuesto, la medida peticionada resulta formalmente procedente, toda vez que, en principio, además de contar con el consentimiento fiscal, se advierte que la eventual condena que pudiera recaer sobre [...] sería de ejecución condicional; ello en atención a la modalidad del hecho enrostrado y a la falta de antecedentes condenatorios del nombrado (art. 76 bis del Código Penal).
Por otra parte, la imputada ha ofrecido abonar la suma de $ 200.000, a pagar en diez cuotas iguales, mensuales y consecutivas, de $ 20.000 cada una. Ese ofrecimiento de reparación resulta a mi juicio razonable.
Así las cosas y teniendo en cuenta las circunstancias personales que la encartada expuso en la audiencia aludida ut supra, estimo apropiado acceder a la petición de la defensa y suspender el curso del proceso hasta el 28 de noviembre de 2018, bajo la condición de que la procesada satisfaga las siguientes reglas de conducta: a) que fije residencia y se someta al control del patronato de liberados de su domicilio por el plazo de la suspensión fijada; b) que realice trabajos comunitarios durante un año, a razón de cuatro horas mensuales, en la sede de Cáritas más cercana a su domicilio; y c) que acredite el pago al Consorcio de Propietarios [...] de esta ciudad” de la suma de $ 200.000 ofrecida como reparación, en diez cuotas iguales, mensuales y consecutivas, de $ 20.000; pagaderas entre el día 1° y 10° de cada mes.
Por todo ello, RESUELVO:
SUSPENDER este proceso a prueba hasta el día 28 de noviembre de 2018 con relación a [...] , de los demás datos personales obrantes en autos, bajo las siguientes condiciones: a) que fije residencia y se someta al control del patronato de liberados de su domicilio por el plazo de la suspensión fijada; b) que realice trabajos comunitarios durante un año, a razón de cuatro horas mensuales, en la sede de Cáritas más cercana a su domicilio; y c) que acredite el pago al Consorcio de Propietarios [...] de esta ciudad” de la suma de $ 200.000 ofrecida como reparación, en diez cuotas iguales, mensuales y consecutivas, de $ 20.000; pagaderas entre el día 1° y 10° de cada mes.
Todo ello bajo apercibimiento de revocación de la suspensión concedida (arts. 76 bis y 76 ter del Código Penal).
Protocolícese y comuníquese a la Dirección de Comunicación Pública de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, firme que sea comuníquese también al juzgado de instrucción que previno, al Registro Nacional de Reincidencia, a la Policía Federal Argentina, al Patronato de Liberados correspondiente, y a Cáritas; y, oportunamente, dése intervención al juzgado de ejecución penal que corresponda (arts. 2°, inc. f, de la ley 22.117 y 515 del C.P.P.N.).
JORGE H. GETTAS, JUEZ DE CÁMARA