Contenido para:
Buenos Aires

La fijación de intereses moratorios es de resorte del gobierno federal

2211 personas leyeron esto
Versión para imprimir
Publicado el
Fecha del Fallo: 6-8-2014
Partes: Morelli, Teresa Beatriz contra 'Granja Tres Arroyos S.A.'. Despido
Tribunal: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de BS AS


El tribunal del trabajo interviniente hizo lugar a la demanda incoada por Teresa Beatriz Morelli contra "Granja Tres Arroyos S.A." en cuanto reclamaba el pago de las indemnizaciones derivadas del despido y diferencias salariales.

Por otro lado dispuso, por mayoría, que el monto adeudado devengaría intereses calculados desde el 12 de agosto de 2009 y hasta el efectivo pago, con arreglo a la tasa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de crédito a treinta días.

Ello con fundamento en que la adopción de la mencionada alícuota es la que responde adecuadamente a las cuestiones en juego, además de ser la que se aplica a los honorarios impagos de los abogados y, asimismo, contar con respaldo normativo en la Provincia a partir de la modificación que efectuara la ley 14.399 al art. 48 de la ley 11.653  [...].

Contra este último aspecto de la decisión, la legitimada pasiva interpone recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley [...] Entiende que resulta irrazonable y desproporcionada la aplicación de la tasa activa [...]

Asimismo, plantea se declare la inconstitucionalidad de la ley 14.399, en tanto considera que resulta violatoria de los arts.
14, 16, 17, 18, 19 y 75 inc. 23 de la Carta Magna nacional y 1, 15 y 39 de la provincial.
Manifiesta que trata una materia que por ser legislación de fondo se encontraría vedada a las provincias [...].

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha declarado -en definiciones que encontraron eco en la doctrina legal de este Tribunal- que la regulación de los aspectos sustanciales de las relaciones entre acreedores y deudores corresponde a la legislación nacional, por lo que no cabe a las provincias dictar leyes incompatibles con lo que los códigos de fondo establecen al respecto ya que, al haber delegado en la Nación la facultad de dictarlos, han debido admitir la prevalencia de las leyes del Congreso y la necesaria limitación de no dictar normas que la contradigan [...] la ley provincial analizada se encuentra en pugna con la Constitución nacional (arts. 31, 75 inc. 12, 126 y cctes.), en tanto legisla sobre una materia de derecho común cuya regulación es competencia del Congreso de la Nación [...]

S E N T E N C I A Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se hace lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, se declara la inconstitucionalidad de la ley 14.399 y se revoca el pronunciamiento de grado en cuanto juzgó aplicable la tasa activa para el cálculo de los intereses adeudados, los que deberán liquidarse con arreglo a la que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en las operaciones de depósito a treinta días, vigente al inicio de cada uno de los períodos comprendidos.

Vuelvan los autos al tribunal de origen para que practique una nueva liquidación de conformidad con lo que aquí se ha resuelto. Costas de esta instancia por su orden en atención a las dificultades interpretativas provocadas por la ley 14.399 (arts. 68 y 289 del C.P.C.C.).....

® Liga del Consorcista

Tags: Administrativo. Registros & Temas Municipales,

SUSCRIPCIÓN GRATUITA
Todas las novedades en Propiedad Horizontal