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No corresponde aplicar el índice previsto en la actual ley de Riesgos del Trabajo si no fue pedido y perjudica una indemnización fijada en primera instancia.

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Fecha del Fallo: 1-11-2016
Partes: Swiss Medical ART S.A. (antes denominada Liberty ART S.A.) s/ Recurso de hecho en la causa González, Luis Osvaldo c/ Liberty ART S.A. s/ accidente - ley especial
Tribunal: CSJN


Dictamen del Procurador Fiscal del 8-5-2016 : La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de grado que había hecho lugar a la reparación por accidente in itinere y ordenó la actualización del monto de condena por aplicación del índice de Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en los términos de la ley 26.773 ...estimó que las indemnizaciones derivadas del régimen de reparación que no se encontraran satisfechas al momento del dictado de la ley 26.773, aún cuando el accidente hubiera ocurrido con anterioridad a su entrada en vigencia, debían ajustarse por aplicación del índice RIPTE.
Agregó que el artículo 8 de esa ley dispone la aplicación de ese índice a las prestaciones previstas en la ley 24.557 y a todas las normas dictadas con posteridad.
Por lo tanto, entendió que debía aplicarse el índice RIPTE a las indemnizaciones reclamadas en autos....Contra esa decisión, la demandada dedujo recurso extraordinario El recurrente se agravia con fundamento en la doctrina de la arbitrariedad, ya que estima que la sentencia en crisis se apartó de las normas vigentes al momento en que ocurrió el siniestro.
En ese sentido, sostiene que el tribunal aplicó en forma retroactiva la actualización sobre la base del índice RIPTE al monto de condena.
Arguye que resulta aplicable la ley 24.557 pues el derecho del actor se configuró estando vigente esa norma, sin las modificaciones introducidas por la ley 26.773.
..Es doctrina reiterada de la Corte Suprema que la circunstancia de que los agravios remitan a aspectos fácticos y de índole procesal y derecho común no resulta óbice decisivo para habilitar el recurso extraordinario cuando la cámara se excedió de la jurisdicción conferida por el recurso de apelación, límite que tiene jerarquía constitucional en cuanto implica la afectación del principio de congruencia y, consecuentemente, de las garantías de defensa y propiedad...ese extremo se configura en el caso ya que la demandada dedujo recurso de apelación al solo efecto de cuestionar el porcentaje de incapacidad atribuido por el juez de primera instancia y la fecha de inicio del cómputo de intereses y la cámara ordenó actualizar el monto de condena a través del índice RIPTE y modificó la tasa de interés aplicable a partir del 21 de mayo de 2014.....la cámara, al ordenar la actualización del monto de condena conforme el índice RIPTE y la aplicación de una tasa de interés más elevada, incurrió en una indebida reformatia in pejus, ya que colocó a la única apelante en peor situación que la resultante de la sentencia apelada, lo que constituye una violación en forma directa e inmediata de las garantías de defensa en juicio y de propiedad ..., ante el exceso de jurisdicción en el que incurrió la cámara, en perjuicio de la única apelante, entiendo que el fallo debe ser descalificado sobre la base de la doctrina de la arbitrariedad de sentencias....opino que corresponde declarar procedente la queja y el recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia apelada y devolver los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a derecho.-
FALLO DE CSJN : Buenos Aires 1 de noviembre 2016.Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Swiss Medical ART S .A.
(antes denominada Liberty ART S.A.) en la causa González, Luis Osvaldo cl Liberty ART S .A.
si accidente - ley especial", para decidir sobre su procedencia.
Considerando: Que esta Corte comparte y hace~suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal, a los que cabe remitir por razones de brevedad.
Por ello, de conformidad con lo dictaminado, se hace lugar a la queja, se declara procedente el extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada' con el alcance indicado

® Liga del Consorcista

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