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Recurso de amparo contra Obra Social: se la obliga a cubrir el 100%

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Fecha del Fallo: 3-2-2013
Partes: R. A. A., C/ ADMINISTRACION PROVINCIAL DEL SEGURO DE SALUD (APROSS)-AMPARO
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Tercera Nominación de la Provincia de Córdoba


Se ordena a Apross, proceda en el plazo de cinco días de dictada esta resolución, a otorgar cobertura integral del 100% del tratamiento clínico, farmacológicos, kinesiológicos y psicológicos, que irrogue la esclerosis múltiple que padece el actor, dentro del marco de la ley 24.901 [...] el art. 43 C.N. excluye por completo la necesidad de agotar previamente la vía administrativa como condición de admisibilidad del amparo, porque no contempla vias previas y únicamente requiere la inexistencia de otro medio judicial más idóneo [...].

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado al amparo como la vía más idónea para reclamar el cumplimiento de prestaciones relativas a la salud, en tanto su objeto es la preservación de la vigencia de los derechos tutelados por la Ley Fundamental  [...] cuál es la legislación aplicable al caso (nacional o provincial) y a la naturaleza jurídica de A.P.R.O.S.S., esto es, si se trata o no de una obra social, considero que resultan irrelevantes en el caso de autos [...] el problema surge ante el pedido de autorización del Sr. R. de ser atendido en un centro médico distinto a los incluidos en la nómina de prestatarios con los que la demandada tiene convenio [...] El derecho a la salud se encuentra reconocido en los tratados internacionales con rango constitucional (art. 75, inc. 22, de la C.N.), [...] es el primer derecho natural de la persona humana preexistente a toda legislación positiva que resulta garantizado por la Constitución Nacional (Fallos: 302:1284; 310:112 y 323:1339) [...] un individuo gravemente enfermo no está en condiciones de optar libremente por su propio plan de vida [...] .

La limitación en la cobertura debe ser entendida como un "piso prestacional", por lo que no puede, como principio, derivar en una afectación del derecho a la vida y a la salud de las personas que tiene jerarquía constitucional [...] " (Fallos 323:1339) [...].

Lo expuesto, claramente debe hacerse extensivo a los casos en que los profesionales de la salud recomienden iniciar o continuar un tratamiento médico en una institución determinada que no se encuentra incluida en la lista de los prestadores que han suscripto convenio con la administración, tal y como sucede en el caso concreto de autos.

® Liga del Consorcista

Tags: laboral, salud,

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