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Si hay discrepancias en los controles médicos hay que pedir junta médica

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Fecha del Fallo: 21-12-2012
Partes: Manolio Jorge Ricardo c/ El Condor Empresa de Transportes SA y otro s/ accidente- accion civil
Tribunal: CNTRAB


Si bien, no existe una norma legal o convencional que disponga expresamente la obligación de la empleadora de convocar a una Junta Médica, en caso de discrepancia entre los certificados médicos aportados por el trabajador y en el control médico efectuado por la empleadora, de acuerdo a la facultad prevista por el art. 210 de la LCT, [...] el art 62 de la LCT  [y] de conformidad con el art. 63 de la mencionada norma legal las partes también están obligadas a obrar de buena fe [...].

En el caso de marras, la empleadora debió, ante la existencia de certificaciones médicas controvertidas, determinar el real estado de salud del accionante, circunstancia que no aconteció en la causa.

® Liga del Consorcista

Tags: laboral, salud,

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