El actor ingresó a prestar servicios a las órdenes del consorcio demandado el 1/11/2002 en calidad de encargado permanente con vivienda, con fecha 15/5/2008 obtuvo el beneficio jubilatorio y continuó desempeñándose en dichas labores [...]
en el mes de noviembre de 2008, formalizaron un acuerdo ante el Seclo en la cual se dejaba constancia que el actor continuaría en la prestación de servicios y uso de la vivienda correspondiente hasta el 31/12/2009 [...] , fecha en la cual el actor desocuparía el inmueble que ocupaba con motivo de su contrato de trabajo y nada más reclamaría a su empleador.- [...]
Aún cuando pueda entenderse que lo acordado en el Seclo importó la formalización de un contrato por tiempo determinado o a plazo, el mismo no se realizó de acuerdo a las exigencias de forma y fondo requeridas para dicha modalidad contractual.[...].
Corresponde aplicar doctrina plenaria y considerar que a los fines de calcular la indemnización por antigüedad, no se computará la totalidad del tiempo que el actor trabajó para la demandada, sino solamente el tiempo de servicios posterior al cese [...] -Corresponderá asimismo condenar a la demandada a abonar al actor la indemnización prevista por el art. 2 de la ley 25.323, en tanto en autos se han configurado los presupuestos fácticos que habilitan su procedencia. El período a considerar a los fines del art. 245 RCT (t.o.) va desde el 15/5/2008 al 31/12/2009, esto es un año, siete meses y diecisiete días [...] de acuerdo a lo establecido en la última parte de art. 253 del mismo cuerpo legal.