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SE HACE SABER A LOS CONSORCISTAS QUE LA RECIENTE RES. 3634 DE AFIP NO OBLIGA A CONTRATAR PERSONAL

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Recientemente se publicó la Res.
3634 de AFIP
, que, con el objeto de facilitar la recaudación tributaria, establece tablas que indican cuántos encargados tienen, en general, los consorcios.
Estos indicadores simplemente PRESUMEN que cada edificio cuenta con ese número de personal, salvo, claro está, que la realidad diga otra cosa.

SI NADA SE DICE, LA AFIP PRESUMIRÁ QUE EL CONSORCIO TIENE LA CANTIDAD DE PERSONAL QUE INDICAN LAS TABLAS.
PERO AL MOMENTO DE TRIBUTAR, LO QUE VALE ES LA REALIDAD
.

UN EDIFICIO PUEDE TENER O NO ENCARGADOS, SEGÚN LO DISPONGAN SUS PROPIETARIOS.

Algunos medios habrían informado que esta norma haría aumentar las expensas, obligando a contratar personal.
ELLO NO ES CIERTO.
LA AFIP CARECE DE FACULTADES PARA OBLIGAR A NADIE A CONTRATAR PERSONAL
.

El propio texto de la Resolución indica que se trata de una presunción, de una mera pauta.

PARA TRANQUILIDAD DE LA POBLACIÓN, ENTONCES, ES NECESARIO REMARCAR que la Administración Pública presupone que, dependiendo de las características de cada Consorcio, éste contará con determinada cantidad y categoría de trabajadores.
PERO ESTA PRESUNCIÓN SE APLICA SIEMPRE Y CUANDO LA ADMINISTRACIÓN DEL CONSORCIO NO INDIQUE OTRA COSA.

® Liga del Consorcista

Tags: propiedad horizontal, Administrativo. Registros & Temas Municipales, Impuestos / Tasas (AFIP - AGIP - ABL),

Comentarios

publicado el 5-10-2022

Soy adm.ad honorem y propietaria de consorcio de 6 Uf. siempre la adm. se cargó en este Dpto. yo lo compro y sigo. Tema es que ejecuté expensas y me piden cbu la contraparte para depositar. He ido a afip y dice que si no tengo sueldo ni pago empleados porque no queda así. He ido al banco y dice que si no tiene cuit no puede darme una cuenta ni siquiera para que los propietarios paguemos por debito automático. QUE HAGO? recibo dinero solo cuando llamo para recambio bomba o manten.

publicado el 12-1-2021

en un edificio de 10 años, con mas de 100 unidades y serv de limpieza y seguridad......el portero acaba de fallecer.....es necesario reemplazarlo? y con porteria incluida o esta se puede alquilar a un tercero?

publicado el 12-12-2016

Hola, mi consulta es la siguiente: un edificio de 9 unidades tipo PH tiene obligación de tener Administrador? y un empleado para la limpieza? Muchas gracias! saludos

publicado el 31-10-2016

Buenas, vivo en un edifico de 3 pisos y con 7 unidades. Llevamos una "auto administracion", pagamos expensas y la contabilidad la lleva uno de los propietarios. La consulta es la siguiente, queremos tener un empleado de limpieza en regla. Esto es posible ya que no contamos con un Consorcio registrado.?

publicado el 21-10-2016

que alguien me diga cual es la Ley que Obligue a los consorcios a tener Porteros. NO EXISTE ESA LEY.! no queremos mas MANGIERIS EN nuestra propiedades privadas que no son EMPRESAS ni generan dinero SON NUESTROS HOGARES.

publicado el 28-9-2016

Si es asi porque el Sindicato de Porteros hace impecciones en los consorcios y liquida presuntivamente donde no hay ningún empleado, y no hubo nunca porque son edificios que funcionan separados con nada en común , solo un pequeño jardín, a que le paguen los aportes correspondientes al gremio .En Pinamar asi han procedido.

publicado el 1-7-2016

Hola buen dia. La suma de la carga aportada en afip es segun la categoria en la cual la empleada esta y la cantidad de hs facturadas. Sabes como esta categorizada en afip? Segun la categorizacion es el cobro.

publicado el 10-11-2015

Nos ofrecen alquilar un espacio en la azotea del edificio pero nos exigen que facturemos por ese servicio de alquiler ¿cómo se inscribe un consorcio en la AFIP para poder facturar? Desde ya muchas gracias

publicado el 23-9-2015

Maria para poder brindarle una respuesta se necesita ver toda la documentacion pero en principio le aclaro que tener un empleado registrado ante AFIP en blanco es costoso sobre todo para los edificios mas chicos-

publicado el 23-9-2015

hola. mi consulta es a siguiente. somos un consorcio de doce unidades. sin acensor, de tres pisos. tenemos un administrador que se ocupa de que todo este en regla. tenemos una señora que viene a hacer limpieza de escaleras, palieres y vereda. tres horas por dia tres veces por semana. la empleada esta en blanco. lo que nos parece desproporcionado que el administrador aporta al AFIP mensualmente la suma de $ 1.700.- mas de lo que la empleada cobra por el trabajo realizado. es correcto? agradecere respuesta

publicado el 8-5-2015

Buenas, no corresponde abonar cargas sociales si no tienen encargado por ende no corresponde inscribirlo como empleador, independientemente de eso deben sacar un cuit porque es la unica forma que le hagan facturas al consorcio sino con que respalda los egresos de dinero su administradora? Cualquier consulta a [email protected] Saludos

publicado el 8-5-2015

Buenas tardes, mi consorcio no tiene CUIT y a la administradora le dijieron que para ingresar las declaraciones juradas le piden el CDI, pero resulta que cuando va a ser el trámite ante la AFIP les dicen que tiene que ser CUIT. Ahora consulté a la AFIP y me dice que si no tiene causales de indole fiscal que las obligue deberá solicitar CDI. En efecto, no hubo nunca encargado, y es un consorcio muy pequeño donde la recaudación es de $ 2.600 por mes, con lo cual, la administradora esta desorientada con este tema.

publicado el 4-9-2014

No hay que ser muy creativo para imaginar qué hacen con el dinero!! Encima lo reciben compulsivamente pues los que pagamos no somos consultados, no participamos de las negociaciones.

publicado el 4-9-2014

La pagina no es para hacer consultas. Generalmente otros administradores contestan pero por cuenta propia. Como aclara el cartel al comienzo esta opción es para: Comentarios.

publicado el 27-8-2014

Buenas tardes, me comunico para hacer una consulta, ya que mi empleador me dice que yo le debo horas... La situación es la siguiente, mi horario es de 9 a 18 hs de lunes a viernes y mi empleador dice que yo deberia venir los sábados a cubrir las horas que faltan. ¿Esto es así? Yo estoy categorizado como Personal asimilado s/vivienda. Cuanto dura la jornada laboral?

publicado el 19-8-2014

El administrador designado tiene que hacer la inscripcion en AFIP para solicitar el CUIT del consorcio para poder contratar y tener personeria juridica. Si necesitan asesoramiento podes contactarme al 1537689781, saludos.

publicado el 19-8-2014

POR FAVOR: Solicito información acerca de la primer Asamblea de Consorcio, posterior a ser inscripto. Cuales son los requisitos que debemos tener en cuenta.Los edificios (8) hasta ahora, han dependido de una COOP. DE VIVIENDAS, que los costruyó, pero se van a independizar como CONSORCIO y como lo dispone la ley de P.H.. A la espera de su pronta respuesta, agradezco su atención.-

publicado el 16-7-2014

Los encargados reciben aumentos cada vez que van a paritarias. Sin embargo a los empleados que trabajan para el sindicato y la obra social les niegan aumentos proporcionales. Y nunca dan explicaciones. Tienen a muchos trabajadores en negro. Que hacen con el dinero extra que aportan los afiliados???

publicado el 16-7-2014

Estimados, la pregunta es respecto a la entrega de la Cuenta de las Expensas, la Adminitracion tiene un plazo o simplemente las manda en cualquier momento del mes, cuasi siempre a la finalizacion del periodo a pagar y controlar.? Es legal. Gracias

publicado el 13-7-2014

Estoy totalmente de acuerdo con el comentario de Adriana de fecha de Junio de 2014, "Pareciera ser una operación", Santa Maria sigue otorgando aumentos, con nuestro dinero, $2.400 + 20% en Setiembre y 8,5% en Octubre, y en cuanto a las resoluciones nadie puede obligarnos a tener lo q no queramos, saludos

publicado el 1-7-2014

Norberto, por favor no utilice el sitio para escribir sus mentiras y falacias. Si usted conoce una empresa de maestranza que evade cargas sociales, denúncielos. Sus comentarios no aportan nada. Las ventajas de contratar una empresa de limpieza vs. personal en relación de dependencia son muchas y es por esta razón que muchos edificios estan haciendo esto. Es evidente que esta modalidad de contratación a usted le afecta de alguna manera y supongo que será por esto que se siente urgido por difamar y mal informar a la gente.

publicado el 1-7-2014

Marta. Todo depende lo que diga el reglamento del edificio sobre la UF en cuestión. Si dice que su destino será para vivienda del encargado entonces deberán modificar el reglamento cumpliendo con las mayorías estipuladas en el mismo para tal fin. Si no especifica finalidad tendrían que determinar si se trata de una parte común y revisar el reglamento interno por si hace alguna mención al respecto sobre su goce. De no ser así, entonces una asamblea con quórum válido y cumpliendo con las mayorías correspondientes podría autorizar que la UF pueda ser alquilada para que el consorcio obtenga un beneficio económico.

publicado el 26-6-2014

me eligieron como administradora de un edifico de 10 deptos, y esta en el interior de bs as y del cual soy propietaria. deseo saber como contrato al personal de limpieza, trabaja dos horas por día. es personal domestico? es personal de maestranza? recién ahora tenemos cuit y se inscribe como empleado de consorcio. gracias. llana

publicado el 22-6-2014

Compre un depto nuevo hace 2años y colocaron un encargado sin voluntad de trabajar ( colocado x constructora). Se lo ha despedido y se le indemnizo. Son en total 20 uf. Se contrató en blanco a una Sra x 4 hs diarias. Pregunta quieren alquilar la vivienda del encargado, se puede hacer y que se requiere?

publicado el 12-6-2014

Hola Gabriela, la resolucion de AFIP NO OBLIGA a los consorcios a tomar personal, por lo que pueden quedarse tranquilos que esta resolucion no los va a afectar. Saludos.

publicado el 12-6-2014

Hola soy propietaria de un consorcio en el barrio de san crisobal. El dia miercoles la administradora nos comento sobre la resolucion 3634. Nuestro edificio cuenta con un encargado que trabaja 8 horas, lo cual le alcanza y le sobra para hacer las tareas del edificio, y ademas se le pagan las suplencias de fin de semana. Como somos 37 unidades, segun la resolucion tenemos que poner una perosna mas con media jornada. No me queda muy claro si es valida o no dicha resolucion? En caso afirmativo que se puede hacer? Gracias

publicado el 11-6-2014

Estela yo le sugiero que consulte con un abogado, ya que lo que le dicen más abajo... que un consorcio de 32 unidades tiene obligacion de tener un encargado ... NO ES CIERTO!!. Supongo que quien comenta lo hace con buena onda y no para hacerle creer algo que no es. NO HAY NINGUNA OBLIGACIÓN DE CONTRATAR PORTEROS, Eso es lo que le gustaría al gremio! se tenga la cantidad de unidades que se tenga, eso lo han dicho los abogados en esta misma página varias veces!! Para los consejos legales yo leo sólo los artículos antes que los comentarios de usuarios que no necesariamente saben lo que dicen.

publicado el 8-6-2014

1- La mayoría de las Empresas de limpieza son evasoras, si el empleado llega a sufrir un accidente o despido también ustedes se deben hacer cargo, ya hay muchos edificios que padecieron esta situación (consulte con un buen abogado). Usted puede contratar un empleado 4 u 8 horas o cierta cantidad de horas semanales, con o sin vivienda, pero por la ley 12.981 ese empleado está sujeto a dicha ley de propiedad horizontal y debe cobrar de acuerdo a la escala salarial de Suteryh. Si usted ocupa una Empresa de Limpieza le pagará a 2 en vez de 1. La mitad para la Empresa y la otra mitad para un empleado en negro (sino les sería imposible competir)

publicado el 4-6-2014

Buenas noches consulto vivo en un edificio de 3 pisos con 8 dtos, que debemos hacer con esta nueva resoluciòn de afip.Tenemos una persona que viene 1 vez x semana 4 horas como debemos blanquearla. la tenemos que jornalizar?. Por favor necesito una respuesta mañana tenemos reunion de consorcio

publicado el 4-6-2014

Sra. Estela. Un consorcio de 32 u.f. tiene Obligacion de un encargado permanente con o sin vivienda, esto lo establece la ley de propiedad horizontal 13.512, a partir de las 26 unidades funcionales es la obligatoriedad. Si toman la decision de contratar una empresa, es perfectamente viable, solo tienen que controlar que se realicen los aportes correspondientes y que la empresa le entregue mensualmente copia de los mismos. Ojo con eso, igual que con personas monotributistas que solo trabajan en un edificio para suterh y Osperyh son empleados encubiertos ..

publicado el 4-6-2014

"Toda persona puede interponer acción expedita y rápida de amparo, siempre que no exista otro medio judicial más idóneo, contra todo acto u omisión de autoridades públicas o de particulares, que en forma actual o inminente lesione, restrinja, altere o amenace, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, derechos y garantías reconocidos por esta Constitución..." 1) La AFIP se ha excedido arrogándose (otra vez) facultades del Congreso 2) La AFIP es incompetente ya que los consorcios ni siquiera son una ONG o un club. En tal caso la resolución debería ser del Ministerio de Trabajo 3) Es Inconstitucional porque viola el principio de inocencia.

publicado el 3-6-2014

Por favor que nos pasa ...... lo unico que falta que el estado se meta en nuestros hogares para disponer si tenemos o no servicios, cual fuere... NO dejemos que esto pase chavez ya esta muerto.. Gracias a todos

publicado el 2-6-2014

Hola muchas gracias por la aclaracion. mi pregunta es la siguiente: si hay que realizar alguna presentacion ante afip a modo de resguardarse de que no den por sentado que se tiene un encargado. podrian orientarme. vivo en un ph con 8 deptos, lo cual seria un gasto absurdo porque realmente no nos hace falta un encargado. muchas gracias

publicado el 2-6-2014

La proteccion tiene que ser para ambos partes. En mi CONSORCIO por mayoria no quieren declarar a la Sra que limpia 2 veces por sem 3hs. Estamos sobre Avda con una vereda de casi 6 X 12mDe frente. No tenemos ascensor (3pi)asi que las escaleras hay que recontra limpiarlas mas semejante terraza con 3 dptos +vidrios Nunca vino 1 inspector ni de afip, suthern, gob de la ciudad, min. de trab.Ultima asamblea reparti ftcop con los libros obligat, ex claras, ed. Seguro, registro como Adm ad honorem (cobra el alq de la porteria:$1800 mensuales) La sra limpieza quiere insc en Procear, nosotros se lo negamos.En edif soy yetatore. Erika

publicado el 2-6-2014

Buenos dias, quisiera saber los edificios que tienen empresas de limpieza que pasa? Saludos

publicado el 2-6-2014

Estimado Gustavo, Le agradecemos que haya advertido el involuntario error, el cual ya ha sido corregido. Saludos cordiales.

publicado el 1-6-2014

Ojo que no es una "Disposición" sino una "Resolución General" de la AFIP. Son objetos diferentes.

publicado el 1-6-2014

Leer, reflexionar y opinar sobre el "contubernio" entre la AFIP y el SUTERH: Definición de "contubernio". (Del lat. contubernĭum). 1. m. Habitación con otra persona. 2. m. Cohabitación ilícita. 3. m. ALIANZA O LIGA VITUPERABLE. Real Academia Española © Todos los derechos reservados.

publicado el 1-6-2014

este gobierno por medio de la fuerza quiere garantizar y disminuir el desempleo. Y el señor Santa Marìa quiere que sus arcas aumenten, a costa del dinero del los propietarios. Al igual que el señor jefe de Gobierno que aumenta el ABL indiscriminadamente, y que los consorcios somos los que le damos de comer, ya que dictan normas y normas, no en funcion del bien común, sino de sus políticas sectoriales. Ponen libros y más libros o controles sobre controles.Asi yo tambien soy gobierno o dirigente politico.

publicado el 1-6-2014

Pareciera ser una operación del SUTERH, que se venia agraviando desde hace rato de la cantidad de consorcios que habian prescindido de los servicios de un encargado. No me sorprendería que, partiendo de esta resolución, comience una serie inspecciones del mentado sindicato planteando la obligatoriedad de aquella resolución, como medio de volver a solventar su poder. Sin embargo se debe estar atento, por que dicha resolución podría ser considerada confiscatoria, y entonces la vía del amparo podría hallarse justificada para parar sus efectos.

publicado el 1-6-2014

REALMENTE ME PREOCUPO ESTE ANUNCIO DE LA AFIP, YA Q NO PUEDE OBLIGAR A TENER UN EMPLEADO AL CUAL POR LOS TREMENDOS COSTOS A QUE ASCENDIERON LAS EXPENSAS ES IMPOSIBLE MANTENER.- ADEMAS CADA CONSORCIO, ES DUEÑO ABSOLUTO DE RESOLVER SI SE TIENE O NO ENCARGADO.-EL NUESTRO SE ESTA POR JUBILAR Y YA SE DECIDIO NO VOLVER A TOMAR A NADIE, SALVO UNA EMPRESA PARA LA LIMPIEZA Y NADA MAS..- LA AFIP QUE SE OCUPE DE LOS EVASORES QUE SON MUCHOS, GRACIAS.-

publicado el 1-6-2014

En caso que la Afip intime por base presunta a realizar los aportes correspondientes, el administrador tiene que realizar una accion de amparo en la justicia, ese INDICADOR solo es una PRESUNCION y no una OBLIGACION como informaron los medios.

publicado el 31-5-2014

Pero PARA QUE habria que hacer una presentacion judicial si estan diciendo que no obliga a contratar un encargado! No es la primera vez que los medios dicen cualquier cosa con fines sensacionalistas. O tal vez fue solo que se mandaron con la nota sin leer la ley primero.

publicado el 31-5-2014

Buenas noches, esta disposición es inconstitucional y llegado el caso que la AFIP intime al consorcio, en mi opinión se puede presentar un amparo. El edificio en el cual vivo, hace tres años, es nuevo, es de tres pisos y 32 dptos. monoambientes todos, tiene vivienda para encargado pero desde la primera asamblea decidimos no contratar encargado, por los costos, bien una empresa tercerizada 2 días, unas horas a la mañana para la limpieza. somos dueños de elegir que conviene o no al consorcio. Mi pregunta es si ante la soberbia de la Afip, cabe la posibilidad de hacer una presentación colectiva de consorcistas a través de esta Asociación? Grs.

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