ARTICULO 1º — Desígnase el día 27 de febrero de 2012, día del Bicentenario de la creación y primera jura de la bandera argentina, como feriado extraordinario en todo el territorio nacional.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
ARTICULO 1º — Desígnase el día 27 de febrero de 2012, día del Bicentenario de la creación y primera jura de la bandera argentina, como feriado extraordinario en todo el territorio nacional.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.