VISTO el EX-2019-11053963-APN-AAIP, la Ley N° 25.326, la Ley N° 27.572, los Decretos N° 746 del 25 de septiembre de 2017, Decreto N° 899 del 6 de noviembre 2017 y la Resolución de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA N° 132 del 19 de octubre de 2018, y
CONSIDERANDO
Que por los Decretos N° 746 del 25 de septiembre de 2017 y Nº 899 del 6 de noviembre 2017 se atribuyeron a la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA las facultades de actuar como Autoridad de Aplicación y órgano de control de la Ley N° 25.326.
Que el artículo 21 de la Ley Nº 25.326 dispone que todo archivo, registro, base o banco de datos público, y privado destinado a proporcionar informes debe inscribirse en el Registro que al efecto habilite el organismo de control.
Que, por el artículo 1 de la Resolución N° 132 se estableció que la tramitación de las inscripciones, modificaciones y bajas de las bases de datos personales de carácter privado, público estatal y público no estatal, ante el Registro Nacional de Bases de Datos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, deberán tramitarse exclusivamente a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) o sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Que, asimismo en su artículo 6° dispuso el plazo en que dicha obligación debía ser cumplimentada por los responsables de archivos, registros, bases o banco de datos personales de carácter público estatal y público no estatal, siendo su límite el día 28 de febrero de 2019.
Que por los Decretos N° 801/18 del 5 de septiembre de 2018 y 1117 del 10 de diciembre de 2018, se produjo un reordenamiento en el ámbito de los Ministerios, con el objeto de centralizar las competencias en un menor número de jurisdicciones y reorganizar funciones dentro de la Administración Pública Nacional.
Que, en este contexto, y ante la consulta de diversos organismos, resulta necesario prorrogar la fecha de vencimiento para el reempadronamiento de responsables de archivos, registros, bases o banco de datos personales de carácter público estatal y público no estatal, hasta el 30 de junio de 2019.
Que la COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA ha tomado la intervención de su competencia.
Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 29, inciso 1, apartados b) y c) de la Ley N° 25.326, modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
RESUELVE
Artículo 1º - Prorrógase el plazo de reempadronamiento al REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS, para los responsables de Archivos, Registros, Bases o Bancos de Datos Personales de carácter público estatal y público no estatal dispuesto por el artículo 6º de la Resolución Nº RESOL-2018-132-APN-AAIP, hasta el 28 de junio de 2019.
Artículo 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eduardo Andrés Bertoni
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ATENCIÓN CONSORCIO PARTICIPATIVO-AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Resolución 37/2019
Publicado en BO el 27-2-2019
La tramitación de las inscripciones, modificaciones y bajas de las bases de datos personales de carácter privado, público estatal y público no estatal, ante el Registro Nacional de Bases de Datos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, deberán tramitarse exclusivamente a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD) o sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE). Los responsables de archivos, registros, bases o banco de datos personales tenían plazo hasta el 28-2-2019, prorrogado ahora al 28-6-2019.
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