Resolución Nº 8/2014- Expediente ENRE Nº 39.930/2013- Bs.
As., 10/1/2014
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Disponer que la “EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA” (“EDESUR S.A.”) y la “EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA” (“EDENOR S.A.”) deberán brindar partes diarios respecto de la falta de suministro del servicio eléctrico producidas y que se produzcan en sus respectivas áreas de concesión.
2.- La información referida en el Artículo 1 deberá ser brindada a los usuarios, en forma diaria, a través de todos los medios de comunicación masivos y deberá incluir las zonas afectadas por las interrupciones del suministro, la cantidad de usuarios involucrados, las acciones encaradas por las empresas en orden a la restitución del mismo y el tiempo que conllevaría esa restitución, las obras que se encararán para proveer a la regularidad y continuidad en la prestación del servicio y para mejorar calidad del mismo, y las zonas donde se realizarán dichas obras.
Como así también, toda otra medida que implementen a tal fin.
3.- Notifíquese a “EDESUR S.A.” y a “EDENOR S.A.”.
— ENRIQUE G.
CARDESA, Vocal Segundo.
— LUIS M.
BARLETTA, Vicepresidente.
— Ing.
MARIO H.
DE CASAS, Presidente, //////////////////////////////////////////////////////////////////////
Resolución Nº 9/2014- Expediente ENRE Nº 39.930/2013 - Bs.
As., 13/1/2014
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Instruir a la “EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANONIMA” (“EDENOR S.A.”) y a la “EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR S.A.” (“EDESUR S.A.”) para que afecten una mayor cantidad de recursos humanos, propios o contratados, para atender —en tiempo y forma— los cortes de suministro que sufren sus usuarios por fallas en las redes e instalaciones;
2.- A fin de dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo precedente, las distribuidoras deberán disponer —como mínimo— un aumento del 20% de los recursos afectados diariamente a cada tipo de equipos de trabajo, quedando comprendidos en la presente instrucción tanto los Guarda Reclamos (de BT), como las Guardias, Cuadrillas de Mantenimiento y de Obras, y Equipos de Localización de Falla (en todos los casos, para BT y MT) correspondientes;
3.- Instruir a las concesionarias para que dispongan de un Sistema de Monitoreo Vehicular Continuo, el que deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Permitir contar —tanto en cada distribuidora como en el ENRE— con información sobre la ubicación, en forma simultánea, las 24 horas de los 365 días del año, de todas las unidades indicadas en la presente Resolución; b) El Sistema de GPS que se adopte deberá permitir la visualización on-line de todas las unidades utilizadas por los equipos de trabajo, sobre cartografía perfectamente referenciada o por medio de imágenes satelitales; c) La información deberá poder visualizarse y administrarse en la web de manera on-line; d) El sistema deberá permitir la creación de zonas con características especiales, y recibir avisos cuando una unidad de los equipos de trabajo entre o salga de dichas zonas; e) Todos los reportes que produzca el Sistema deberán poder ser visualizados on-line, y ser exportados a documentos Excel o Word, para su posterior análisis; f) El Sistema deberá brindar información histórica, por un período no menor a 3 meses;
4.- Comunicar la presente al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a la SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION, a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION del citado MINISTERIO, y a las ASOCIACIONES DE USUARIOS Y CONSUMIDORES registradas;
5.- Comunicar la presente a los Intendentes cuyos Municipios se encuentren dentro del Area de Concesión de “EDENOR S.A.” y de “EDESUR S.A.”.— Ing.
LUIS M.
BARLETTA, Vicepresidente.
— ENRIQUE G.
CARDESA, Vocal Segundo.
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Todo el país
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CORTES DE LUZ- INFORMACIÓN A USUARIOS
Publicado en B.O. el 15-1-2014
El ENRE (ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD) ha dictado dos resoluciones vinculadas a los ominosos cortes de luz sufridos por los usuarios de dicho servicio público.
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