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Empleo: Se deroga el artículo 141 de la Ley 24.013 - Ley 26.598

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Publicado en BO 6-7-2010


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:


ARTICULO 1º — Derógase el artículo 141 de la Ley 24.013 —Ley de Empleo—.


ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.


Nota: Dicho artículo rezaba de la siguiente manera: “ARTICULO 141.
- El salario mínimo vital y móvil no podrá ser tomado como índice o base para la determinación cuantitativa de ningún otro instituto legal o convencional.”

® Liga del Consorcista

Tags: laboral, salario mínimo vital y móvil,

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