ARTICULO 1º — Dispónese un nuevo plazo de ejecución, por el término de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de la presente, del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por ley 26.216, prorrogado por decreto 560 de fecha 3 de abril de 2008 y por las leyes 26.520 y 26.644.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOCE.
BEATRIZ ROJKES de ALPEROVICH.
— JULIAN A.
DOMINGUEZ.
— Gervasio Bozzano.
— Juan H.
Estrada.
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Entrega Voluntaria de Armas de Fuego.-Ley 26792
Publicado en BO el 17-12-2012
Dispónese nuevo plazo de ejecución del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego.
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