Ley 26.085 - FERIADOS NACIONALES - Incorpórase el día 24 de marzo —DIA NACIONAL DE LA MEMORIA POR LA VERDAD Y LA JUSTICIA—, entre los feriados nacionales previstos por la Ley Nº 21.329 y sus modificatorias.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Incorpórase el día 24 de marzo —DIA NACIONAL DE LA MEMORIA POR LA VERDAD Y LA JUSTICIA—, instituido por la Ley Nº 25.633, entre los feriados nacionales previstos por la Ley Nº 21.329 y sus modificatorias y dentro de las excepciones que establece el artículo 3º de la Ley Nº 23.555 y sus modificatorias.
ARTICULO 2º — La presente ley entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL SEIS.
REGISTRADA BAJO EL Nº 26.085
ALBERTO E.
BALESTRINI.
— DANIEL O.
SCIOLI.
— Enrique Hidalgo.
— Juan H.
Estrada.
Decreto 302/2006
Bs.
As., 20/3/2006
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.085 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— KIRCHNER.
— Alberto A.
Fernández.
— Aníbal D.
Fernández.