PARTE RESOLUTIVA
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el texto ordenado de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones que, como ANEXO I (IF-2019-102579214-APN-SIP#MHA), integra el presente decreto.
El citado texto ordenado, elaborado según el índice que obra como ANEXO II (IF-2019-102579380-APN-SIP#MHA), se denominará “Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019”.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MACRI - Marcos Peña - Jorge Roberto Hernán Lacunza
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Todo el país
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IMPUESTO A LAS GANANCIAS Decreto 824/2019-Se aprueba texto ordenado-
Publicado en BO el 6-12-2019
La Ley N° 27.430 facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL para ordenar las leyes tributarias y aquellas que rigen su procedimiento como así también el Código Aduanero, sin introducir en su texto modificación alguna, salvo las gramaticales indispensables para su ordenamiento..-Ver adjuntos al final.
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