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La provincia de Córdoba suspende ciertas ejecuciones de inmuebles-Ley 10466

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Publicado en BOCórdoba el 18-8-2017

Se relaciona con asociaciones civiles, clubes o entidades sin fines de lucro cuyo objeto social sea la promoción, difusión o realización de prácticas deportivas, recreativas o comunitarias.



La Legislatura de la Provincia de Córdoba Sanciona con fuerza de Ley
ARTÍCULO 1º.-Modifíquese el artículo 1º de la Ley Nº 10.003 y modificatorias, el que queda redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1º.- Suspéndense hasta el 31 de diciembre de 2017 las ejecuciones que, dispuestas en todo tipo de proceso judicial, persigan la subasta de bienes inmuebles propiedad de las asociaciones civiles, clubes o entidades sin fines de lucro cuyo objeto social sea la promoción, difusión o realización de prácticas deportivas, recreativas o comunitarias, cualquiera fuere la causa de la obligación o el motivo de su liquidación y cualquiera sea el fuero de radicación de la causa."
ARTÍCULO 2º.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

® Liga del Consorcista

Tags: De Interés General para la Familia Urbana, ejecución,

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