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Ley 27278 “Día Nacional de la Convivencia y Pluralidad de las Expresiones Políticas”.

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Publicado en BO el 4-10-2016

Se instituye el día 4 de julio de cada año como el “Día Nacional de la Convivencia y Pluralidad de las Expresiones Políticas”, en conmemoración del mensaje histórico de despedida al extinto Presidente de la Nación General Juan Domingo Perón pronunciado por el Dr. Ricardo Balbín.-



ARTÍCULO 1° — Institúyase el día 4 de julio de cada año como el “Día Nacional de la Convivencia y Pluralidad de las Expresiones Políticas”, en conmemoración del mensaje histórico de despedida al extinto Presidente de la Nación General Juan Domingo Perón pronunciado por el Dr.
Ricardo Balbín.
ARTÍCULO 2° — La presente ley tiene como finalidad promover el tratamiento plural e igualitario, evitando toda discriminación por afiliación, adhesión u orientación política de las personas y propiciando una mayor participación en la política nacional.
ARTÍCULO 3° — Incorpórase al calendario de actos y conmemoraciones oficiales de la Nación el día 4 de julio como Día de la Convivencia y Pluralidad Política.
ARTÍCULO 4° — De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1°, cada año, el Poder Ejecutivo nacional a través de los organismos que correspondan, implementará acciones necesarias de difusión y concientización que promuevan la confraternidad, convivencia y pluralidad política en todos los ámbitos pertinentes.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

® Liga del Consorcista

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