Artículo 1°.- Considérase práctica abusiva, la colocación y/o difusión de carteles, anuncios, folletos y/o similares con leyendas que induzcan al consumidor a creer que el proveedor se encuentra exento de responsabilidad y busquen disuadirlo del ejercicio de sus derechos.
Art.
2°.- Quienes incurran en la infracción del artículo anterior serán pasibles de las sanciones previstas en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y Usuario y sus modificatorias conforme el procedimiento establecido por la Ley 757 de la Ciudad.
Art.
3°.- La autoridad de aplicación de la presente ley es la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor o el organismo que en el futuro la reemplace.
Art.
4°.- Comuníquese, etc.
Santilli - Pérez
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Ley CABA 6052 Nuevas normas a favor de los consumidores.
Publicado en BO CABA el 17-12-2018
Prácticas abusivas sancionables por ley 24240-
Tags: De Interés General para la Familia Urbana, consumidores,

Ya salió la tercera edición ampliada y actualizada del manual de la Liga del Consorcista Todo Sobre Consorcios
Se incorporaron las modificaciones del nuevo Código Civil, tomando en consideración las diferencias con la derogada ley 13.512 y las novedades introducidas por el nuevo régimen.
ACCESOS DIRECTOS
Listado de la normativa básica en Propiedad Horizontal actualizada, para su rápida consulta
- Cuandro Comparativo entre la ley de Propiedad Horizontal 13512 y el Nuevo Código Civil
- Nuevo Código Civil y Comercial (parte pertinente)
- Nuevo Código Civil y Comercial (texto completo)
- Convenio Colectivo de Encargados
- Escalas Salariales de Encargados: 2008 | 2009 | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 | 2015 | 2016 | 2017 | 2017 (II) | Abril 2018 | mayo 2019 | Julio 2019 | Noviembre 2019 | Marzo 2020 | Julio 2020 | Noviembre 2020 | Febrero 2021
- Estatuto de Encargados (Ley 12.981)
- Decreto Reglamentario del Estatuto
- Ley de Prehorizontalidad
- Convenio Colectivo del Personal de Seguridad y Escalas 2009
- Convenio Colectivo del Personal de Maestranza