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Nueva prórroga de la Feria del RPA hasta el 15 de marzo de 2012. Los plazos se mantienen suspendidos. - Disp. 199/2012 DGDYPC

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Publicada en BO 9-2-2012


VISTO:
La Ley Nº 941, Ley 3254, Ley 3291, el Decreto Nº 551/10, el Decreto 801-GCBA/09, y802-GCBA/09, la Disposición Nº 2067-DGDYPC-2011, la Disposición Nº
2635-DGDYPC-2011; Disposición Nº 5003-DGDYPC-2011 y,

CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 941 del Registro Público de Administradores de Consorcios de
Propiedad Horizontal ha sido modificada por la Ley 3254 y la Ley 3291;
Que el Poder Ejecutivo dictó el Decreto N° 551/10 reglamentario de la ley ut-supra mencionada;
Que el artículo 4° del decreto mencionado ut-supra designa a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor como autoridad de aplicación de la Ley N° 941 texto conforme Leyes N° 3.254 y 3.291, quedando facultada para dictar las normas instrumentales e interpretativas necesarias para la mejor aplicación del citado régimen legal y la presente reglamentación,
Que, por el Decreto Nº 1361/00 se creó la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, dependiente actualmente de la Subsecretaria de Atención Ciudadana de Jefatura de Gabinete;
Que, en concordancia con el espíritu de la Ley 941 y su decreto reglamentario Nº
706/03, modificadas actualmente por la Ley 3254 y 3291 se dicta el Decreto Nº 551/10 Reglamentario de las mismas mediante el cual se designa a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor como máxima autoridad de aplicación con las facultades de vigilancia, contralor y aplicación establecidas en dicha normativa;
Que asimismo dicho reglamento faculta al Director General de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor a dictar las normas instrumentales e interpretativas necesarias para la correcta implementación y aplicación de la Ley Nº 941 y concordantes.
Que como se expresara en las Disposiciones Nº 2067-DGDYPC-2011 y la Disposición
Nº 2635-DGDYPC-2011: “atento al Expediente Nº 640115/10 el edificio donde funciona el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, Av.
Patricias Argentinas 277, CABA, se encuentra en obra por refacciones destinadas a la reestructuración de las aéreas que allí funcionan y a la instalación del Centro de Gestión y Participación Ciudadana Nº 6 dentro del mismo;
Que lo expuesto incomoda la atención al público e imposibilita el procesamiento de la documentación procedente de la misma;
Que se hace necesario otorgar una feria administrativa sin atención al público evitando el cúmulo de consorcistas y/o administradores dentro de las instalaciones en obra;
Que de tal modo el personal del Registro prestará sus servicios en la organización de las actuaciones existentes y para los casos de suma urgencia (oficios judiciales, requerimientos de Defensoría del Pueblo, etc)“;
Que se hace necesario prorrogar la feria administrativa sin atención a consorcistas y/o administradores dentro de las instalaciones en obra;
Que a los fines de dar continuidad a los plazos estipulados mediante las Disposiciones Nº 3316-DGDYPC-2011 y 5064-DGDYPC-2011 se hace necesario prolongar la feria administrativa toda vez que las obras no han finalizado;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales conferidas por le Ley 941, la Ley 757, Decreto 706-GCBA/03 y el Decreto 17-GCBA/03,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION DEL CONSUMIDOR DISPONE

Artículo 1º.- Prorrogase la feria administrativa en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal hasta el 15 de marzo de 2012 quedando suspendidos los plazos procesales durante dicho lapso;

Artículo 2º.- Regístrese.
Publíquese en el Boletín Oficial.
Cumplido, Archívese.
Gallo

® Liga del Consorcista

Tags: propiedad horizontal, Administrativo. Registros & Temas Municipales, Registro Público de Administradores RPA,

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