de la ciudad de Buenos Aires
Buenos Aires, 19 de Enero de 2006.
Visto la Ley 941-GCBA-2002, el Decreto Nº 706-GCBA-2003 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley 941 creo el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal;
Que en virtud de lo establecido en la Cláusula Transitoria Tercera de la citada Ley el Poder Ejecutivo dictó el Decreto Nº 706-GCBA-2003.
reglamentario de la ley supra mencionada;
Que el artículo Nº 1º.- del Decreto mencionado ut-supra establece que la Dirección General de Defensa y Protección al Con-sumidor es la Autoridad de Aplicación del Registro de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal y la faculta a dictar las normas instru-mentales e interpretativas necesarias para la correcta implementación de la Ley 941 y dicho Reglamento.
Asimismo, el artículo 9º, de la Ley 941-CGBA-2003, dispone que la mencionada Dirección General establecerá la forma y condición que deberá contener la Declaración Jurada Anual, que los señores administradores de consorcios deberán presentar; es por ello que se proce-de a instrumentar el formulario que se utilizara para la Declaración, que ten-drá carácter de obligatoria para todos aquellos administradores que ejerzan la actividad dentro de la jurisdicción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que resulta necesario modificar el cronograma es-tablecido mediante la Disposición Nº 4880-DGDYPC-2004 a fin de facilitar la presentación de la Declaración Jurada Anual obligatoria correspondiente a los años 2004 y 2005 y la renovación de los Certificados de reincidencia y Juicios Universales de todos los administradores;
Que la postergación del cronograma trae apareja-da la necesidad de establecer la validez temporal de los certificados de rein-cidencia y Juicios Universales que ya fueran solicitados por los administrado-res y expedidos por las respectivas autoridades de aplicación para dicho fin;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales con-feridas por la Ley 757-GCBA-2002, la Ley 941-GCBA-2002, Decreto Nº 706-GCBA-2003 y del Decreto Nº 17-GCBA-2003;
DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION AL CONSUMIDOR DISPONE:
Art.
1º Apruébase el formulario de la Declaración Jurada Anual obligatoria para todos los Administradores de Consorcios, que como Anexo I re-sulta parte integrante de la presente.-
Art.
2º Apruébase que conjuntamente con la Declaración Jurada correspon-dientes a los años 2004 y 2005, los Señores Administradores, debe-rán presentar la renovación de los Certificados de Reincidencia y Jui-cios Universales correspondientes al año 2006 o aquellos emitidos con posterioridad al mes agosto de 2005.-
Art.
3º Apruébase el siguiente cronograma a los fines de la presentación de la Declaración Jurada y renovación de Certificados de Juicios Univer-sales y Reincidencia Criminal correspondientes a los años 2004 y 2005: del 1º al 31 de marzo deberán realizar sus presentaciones los administradores inscriptos con Matrícula Nº 01 a 1500 inclusive; del 03 de abril al 05 de mayo aquellos con Matrícula Nº 1501 al 3000 in-clusive y del 08 de mayo al 20 de junio aquellos con Matrícula Nº 3001 en adelante .
Art.
4º Apruébase el siguiente cronograma a los fines de las próximas pre-sentaciones de la Declaración Jurada y renovación de Certificados de Juicios Universales y Reincidencia Criminal, a partir del año 2006 en adelante: durante el mes de marzo deberán realizar sus presentacio-nes los administradores inscriptos con Matrícula Nº 01 a 1500 inclusi-ve; en el mes de abril aquellos con Matrícula Nº 1501 al 3000 inclusi-ve y en el mes de mayo aquellos con Matrícula Nº 3001 en adelante.
Art.
5º Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido Archívese.