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Prórroga de la Emergencia Pública hasta el 31 de Diciembre de 2008

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Publicada en el Boletín Oficial del 04-ene-2008

Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2008 la vigencia de la Ley Nº 26.204.



ARTICULO 1º — Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2008 la vigencia de la Ley Nº 26.204.


ARTICULO 2º — La presente ley entrará en vigencia a partir del 1º de enero de 2008.


ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

® Liga del Consorcista

Tags: De Interés General para la Familia Urbana, De Interés General para la Familia Urbana, prórroga,

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