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Res. General 2293 AFIP: Reducción de alícuotas en el pago de impuestos sobre Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias

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Publicado en BO 24-8-07

Resolución General 2293 - Administración Federal de Ingresos Públicos. IMPUESTOS. Impuestos sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias. Reducción de alícuota o exención del gravamen. Decreto Nº 240/07. Resolución General Nº 2111, su modificatoria y su complementaria. Su modificación.



EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:


Artículo 1º — Sustitúyese el primer párrafo del Artículo 35 de la Resolución General Nº 2111, su modificatoria y su complementaria, por el siguiente:
“ARTICULO 35.- Para que corresponda la reducción de alícuota o exención del gravamen dispuestas, respectivamente por el Artículo 7º, inciso a) o por los incisos a), a´), c), d), e), h), k), m), p), t), w), x) y) y z) y último inciso incorporado por el Decreto Nº 240/07, del Artículo 10 del Anexo del Decreto Reglamentario, los sujetos quedan obligados a presentar a su agente de liquidación y percepción, una nota con carácter
de declaración jurada, con arreglo al modelo que se indica en el Anexo VI, en la que manifestarán su actividad y el uso exclusivo de la cuenta y/o del movimiento de fondos pertinentes para el desarrollo de aquélla”.


Art.
2º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— Alberto R.
Abad.

® Liga del Consorcista

Tags: Administrativo. Registros & Temas Municipales, Impuestos / Tasas (AFIP - AGIP - ABL), De Interés General para la Familia Urbana, De Interés General para la Familia Urbana, Administrativo. Registros & Temas Municipales, De Interés General para la Familia Urbana,

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