REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS RESUELVE:
Artículo 1º - Apruébase el procedimiento establecido
para el registro de las radicaciones otorgadas
al amparo del Decreto Nº 1169/04 en los DOCUMENTOS
NACIONALES DE IDENTIDAD de los
residentes extranjeros ya identificados con anterioridad
o en los nuevos ejemplares que para ellos
se emitan, que como ANEXO I integra la presente.
Art.
2º - La presente será refrendada por los
señores Directores de la DIRECCION DOCUMENTACION
y de la DIRECCION TECNICA JURIDICA.
Art.
3º - Regístrese, por el Departamento Secretaría
General comuníquese a las DIRECCIONES
GENERALES DE LOS REGISTROS CIVILES
DE LAS PROVINCIAS, de la CIUDAD AUTONOMA
DE BUENOS AIRES, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
- Eduardo E.
Descalzo.
ANEXO I
PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA
RESIDENTES EXTRANJEROS YA
IDENTIFICADOS POR EL RNP Y RADICADOS
NUEVAMENTE POR DECRETO 1169/2004
1.
Documentar y/o asentar en los DOCUMENTOS
NACIONALES DE IDENTIDAD de los ciudadanos
nativos de países fuera de la órbita del
MERCOSUR ya identificados por este REGISTRO
NACIONAL DE LAS PERSONAS, radicados nuevamente
al amparo del Decreto 1169/2004, exigiendo
a tales efectos el documento de certificación
de residencia emitido por la DIRECCION
NACIONAL DE MIGRACIONES.
2.
Dejar asentado en el legajo individual del solicitante
y en la página 8 del DOCUMENTO NACIONAL
DE IDENTIDAD la referencia de la nueva
radicación conforme al Decreto Nº 1169/04, estampando
el sello cuyo modelo se indica al pie,
cuyos datos deben completarse sin dejar blancos.
3.
Para el caso que corresponda documentar
con un nuevo ejemplar al residente extranjero ya
identificado, los datos migratorios que se asenta-#I487318I#
rán en la página 2 del DNI serán los obrantes en
la primera radicación obtenida por el peticionante,
tal como estaban indicados en el anterior ejemplar
otorgado.
Asimismo deberá incluirse en la
página Nº 8 del DOCUMENTO NACIONAL DE
IDENTIDAD la referencia de la nueva radicación
conforme al Decreto Nº 1169/04, estampando el
sello cuyo modelo se indica al pie, cuyos datos
deben completarse sin dejar blancos.
4.
El sello a colocar en el DNI será del tamaño
que pueda caber en la mitad inferior de la página
8, y el respectivo a estampar en el Formulario Nº 1
se colocará al dorso del mismo en el casillero "observaciones".
En ambos casos es válido con la
siguiente leyenda:
--------------------------------------------------
Radicación otorgada por Decreto Nº 1169/04
Fecha de vencimiento ........../...................../.............
Of.
Secc.
.........................................................
Fecha................................................................
Sello
-----------------------------------------------------