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Se deroga la ley CABA 662 de recolección domiciliaria de residuos sólidos urbanos en la Ciudad de Buenos Aires-Ley 6260

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Publicado en BOCABA el 14-1-2020

Ver al final la ley 662.



Artículo 1°.
- Derógase la Ley 662 (Texto consolidado por Ley 6017).
Art.
2°.
- El Poder Ejecutivo reglamentará las modalidades, frecuencias y horarios de la disposición inicial selectiva y la recolección de los residuos sólidos urbanos domiciliarios, de conformidad con la Ley 1854 y sus concordantes.
Art.
3°.
- Comuníquese, etc.
Forchieri - Pérez
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Ley 662 del año 2001
Artículo 1º - El servicio de recolección domiciliaria de residuos sólidos urbanos en la Ciudad de Buenos Aires se prestará con una frecuencia mínima de seis días semanales, de domingo a viernes, incluyendo el horario nocturno.
El servicio se iniciará a las veintiuna horas (21 Hs.), por lo que el generador deberá colocar sus residuos en la vía pública con una antelación no mayor a una hora antes de iniciada la prestación.El Poder Ejecutivo, a través de la autoridad competente, deberá establecer sectorialmente frecuencias adicionales en la recolección de residuos, teniendo en consideración los tonelajes y volúmenes de generación, caracterización de residuos, densidades poblaciones, movimiento vehicular y peatonal y demás factores implicados en la gestión de recolección de residuos.
Artículo 2º - El Poder Ejecutivo implementará las medidas de difusión que estime pertinentes a fin de dar a conocer las modalidades de la prestación del servicio con el objeto de evitar que los residuos sean dispuestos en horarios no permitidos.
Artículo 3º - Comuníquese, etc

® Liga del Consorcista

Tags: Administrativo. Registros & Temas Municipales, De Interés General para la Familia Urbana, residuos,

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