Artículo 1º- Apruébase el ACUERDO SOBRE RECONOCIMIENTO DE TÍTULOS DE GRADO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN EL MERCOSUR, celebrado en la ciudad de Montevideo -REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY- el 17 de diciembre de 2018, que consta de DOCE (12) artículos y UN (1) Anexo, que como ANEXO en idioma español forma parte de la presente ley.
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Nota final del Anexo
Para la República Argentina: Convalidación Directa cuyo proceso sera conducido por el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
Para la República Federativa de Brasil: Revalidación cuyo proceso sera conducido por universidades públicas brasileñas, regularmente acreditadas y mantenidas por el Poder Público, que tengan curso reconocido del mismo nivel y área o equivalentes.
Para la República del Paraguay: Homologación cuyo proceso será conducido por el Ministerio de Educacion y Ciencias.
Para la República Oriental del Uruguay: Convalidación cuyo proceso será conducido por la Universidad de la República.///