Ante ciertos comentarios aparecidos en algunos medios de difusión que afirman que las Porterías de los Edificios de Propiedad Horizontal no pueden alquilarse, aclaramos si efectivamente se puede o no alquilar la portería y qué mayorías se necesitan para ello.
Todo el país
¿Se Puede Alquilar la Portería del Edificio?
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Escribe Dra. Victoria Loisi

Grace |
B noches, Edificio de 99 unidades, encargado con vivienda. Lo despidieron con 30 años trabajando. Se apodero de la vivienda e inicio juicio. Ahora algunos vecinos quieren saxar al administrador. Padecemos. Una deuda x exp de diez millones de pesos,alguien no paga!!! todo caos.
Viviana |
Hola quisiera saber si en el contrato de alquiler de la portería debe figurar como locador el administrador siendo representante de los propietarios o algún propietario del consejo Ya q el administrador estaría por renunciar.O expresar su nombre y colocar su continuador en la administración.Me podría aclarar? Gracias Saludos
nicolas migliore |
Hola: En el caso de encargado permanente con vivienda ,habitando la porteria se ha transformado en propietario siendo en la actualidad un consorcista mas del edificio donde viven los hijos.Como podria alquilarse la porteria,ya que se le puede quitar la porteria ? .muchas gracias
Carlos |
El departamento de portería(último piso) fué ampliado(modificado) y ocupado con la complicidad y consentimiento silencioso de algunos otros propietarios del edificio. Es legal eso?. Qué consecuencias legales puede haber y para quién?
Eduardo |
Buenas por lo que veo en la constitución de la ciudad no dice eso dice que solo se puede usar para el encargado o como espacio común hay que leer correctamente están violando las leyes de muestra propia cuidad por ese caso no nos hicimos autónomos para que se beneficie uno pocos y es más el ivc el instituto de vivienda en la cuidad Caba dice que solo se puede usar para el encargado o como espacio común en ninguna parte dice alquiler
CARLOS H. |
Creo que se obvia un requisito a mi juicio ineludible: el consorcio deberá contar con un baño y/o espacio de porteria en el edificio para uso del personal de porteria "externo" durante su horario de trabajo
Elsa Rey |
Hola , Usualmente, el inquilino Abona la expensa ordinaria y el propietario las extraordinarias. los propietarios en este casos es todo el consorcio.
Chiara |
Hola! Estoy por alquilar de departamento que pertenece al consorcio del edificio. Me pregunto si esto significa un problema general mente o si por el contrario es mejor que alquilarle a sólo un dueño. Ay alguna cuestión importante que deba tener en cuenta ? Gracia
alicia peralta |
cuales son los requisitos legales para el alquilar el depto de porteria
daniel |
Hola quisiera que me diga cuales son los posibles problemas que se le puede presentar al consorcio al alquilar el dto de la porteria Muchas gracias
Andrea |
Para alquilar porteria el inquilino debe pagar expen Sas y extraord . Quien firma contrato con el inquilino. Espacio de dos ambiente hasta enero 2018 pago 6000 ahora cto se puede por dos años cobrar???
Alejandra |
Hola, quería saber q se puede hacer xq nuestro encargado se jubiló y dejó la portería destruida. Sin cocina, mesada ni pileta, ni grifería...
Marisa Rodríguez |
Hola Dra., mi consulta es la siguiente. Firmé un contrato de alquiler a donde vivo desde hace q 1 año y en el contrato se puso que no pagó nada de expensas ni abl porque es una unidad destinada a portería. Lo que yo pago sirve para cubrir los gastos del edificio. El tema es que ahora me exigen que pague 3000 más de expensas los demás departamentos. Me quieren sacar. Si no pago me tengo que ir pero todavía me queda 1 año de contrato. ¿Las porterías pagan expensas?
maru |
buenos dias, quisiera saber si, en el caso de que como portero con vivienda decidas mudarte a otro lado, la porteria se alquila y ese dinero queda para el consorcio o algo le correspone al portero?
Gustavo Rodriguez |
Buenos dias: En mi edificio se alquilo el departamento de porteria. El inquilino que se encuentra en el lugar, ¿debe abonar las expensas y extraordinarias como otro inquilino? o el consorcio tiene que hacerse cargo? Muchas gracias
Anónimo |
Muchas gracias por el articulo Dra. Le consulto, en caso de que se alquile el dpto de porteria, ¿quién firma ese contrato con el inquilino? ¿el administrador? ¿necesita un poder especial o está dentro de sus facultades? gracias!
jorge Pellegrini |
Muy buena su aclaración Dr acerca del alquiler del Dpto de porteria,.
jorge Pellegrini |
Muy buena su aclaración Dr acerca del alquiler del Dpto de porteria,.
jorge |
Buenisimo su artículo Dra, muy aclaratorio del tema alquiler dpto portería. muchas gracias Jorge
rhtaurus |
Hola soy inquilino en un edificio de capital federal mi problema es el calefon tienen que poner uno nuevo ya que este se prendio fuego y no sirve mas llevo 1 semana sin respuesta alguna.Soy un inquilino muy cumplidor con mis pagos .Quiero saber a donde dirigirme ya que no recibo solucion alguna .Desde ya muchas gracias .
Sara Isabel Pasion |
HOla. La encargada del edificio se jubilo. vamos a alquilar el dto de porteria y a contratar una persona de limpieza 3 veces x semana. (edificio de 7 pisos o¡con 13 dtis). ahora bien. el edificio tiene caldera. Es obligatorio contratar portero? Hay algun ipedimento legal si no stenemos y solo viene una persona a limpiar?
maria magdalena alzina |
¿Sería posible recibir, una información impresa, para poder trasmitirle a los demás copropietarios la información correspondiente de la Liga?, si así fuera, les agradezco vuestra gentileza.
maria magdalena alzina |
GRACIAS ME HA SIDO DE GRAN UTILIDAD, para plantearlo en Reunión de Consorcio y poner en autos al Administrador, que aconseja no alquilar la Portería pues según él LA LEY LO PROHIBE.-
lilia |
Hace 8 años que e llueve el techo de mi baños por problemas del de arriba,la daminsitadora hizo negocio como siempre cambio los caños de agua fria,pero el problema sigue,es el tanque de agua y el señor no deja poner mochila,tendre que hacer algo judicialmente,la administradora ni vino a vero, Como se hace para sacarla judicialmenete,ahora dijo que era obligacion los ascensores gastamos mucho mas de lo presupestado,ya no se que hacer me puede explicar
Damian |
Faltaría aclarar que pasaría en el caso que el encargado ya estuviese ocupando la portería por ejemplo desde hace 5 años, se lo podría desalojar para alquilar la portería?
Teresa |
Vence el plazo de mandato de la administracion , me gustaria saber si es necesario contar con las dos terceras partes de los presentes para la no renovacion. En el caso de que haya causales , como por ejemplo no contar con la aprobacion del consejo para los arreglos. Darle los trabajos a un copropietario , habiendo solicitado el resto en varias oportunidades que no deseamos que asi sea y la negativa para presentar los resumenes bancarios es suficiente.La administracion nunca responde nuestros email en referencia a esto. Mas del 40% se siente maltratado telefonicamente e incluso el maltrato en en las asambleas. Tambien es causal? Gracias
Teresa |
Vence el plazo de mandato de la administracion , me gustaria saber si es necesario contar con las dos terceras partes de los presentes para la no renovacion. En el caso de que haya causales , como por ejemplo no contar con la aprobacion del consejo para los arreglos. Darle los trabajos a un copropietario , habiendo solicitado el resto en varias oportunidades que no deseamos que asi sea y la negativa para presentar los resumenes bancarios es suficiente.La administracion nunca responde nuestros email en referencia a esto. Mas del 40% se siente maltratado telefonicamente e incluso el maltrato en en las asambleas. Tambien es causal? Gracias
Juan |
A no equivocarse es FALSO que se pueda alquilar la porteria sin contar con la unanimidad de todos los copropietarios y/o como indique el REGLAMENTO DE COPROPIEDAD. Su ALQUILER IMPLICA UN CAMBIO DE DESTINO A UNIDAD/ESPACIO COMUN. Asimismo en caso de decidirse su alquiler previamente se debera verificar a que copropietario puede afectar el uso de dicho espacio, sea por ruidos y/o perjuicios que se le pudieran ocasionar.
gabriel |
En la Provincia de Buenos Aires se aplica la ley 12981 para trabajadores de encargados de edificios.
Daniel Ignacio Vàzquez |
Soy copropietario en Villa Gesell y para controlar los ruidos molestos aprobamos una multa de $ 500 por cada transgresiòn que en el 2014 elevamos a $ 1.000 en enero de este año, ocurrieron no sòlo ruidos hasta altas horas de la madrugada, amenazas a propietarios y vecinos, agresiones verbales y fìsicas, alcoholismo, drogadiciòn, exhibiciones de hombres y mujeres desnudos en los espacios pùblicos, agresiones a transeùntes, excesos de todo tipo, interviniendo la policìa y pasando a la Fiscalìa varias denuncias hechas, la administradora se niega aplicar las multas a los infractores, nosotros no pagamos las expensas si no contienen las multas.
Daniel Ignacio Vàzquez |
Soy copropietario en Villa Gesell y para controlar los ruidos molestos aprobamos una multa de $ 500 por cada transgresiòn que en el 2014 elevamos a $ 1.000 en enero de este año, ocurrieron no sòlo ruidos hasta altas horas de la madrugada, amenazas a propietarios y vecinos, agresiones verbales y fìsicas, alcoholismo, drogadiciòn, exhibiciones de hombres y mujeres desnudos en los espacios pùblicos, agresiones a transeùntes, excesos de todo tipo, interviniendo la policìa y pasando a la Fiscalìa varias denuncias hechas, la administradora se niega aplicar las multas a los infractores, nosotros no pagamos las expensas si no contienen las multas.
Natalia Bogado |
En el edificio en el que vivo no hay nadie que administre, un propietario se vale de eso y hace mas de 4 años no paga las expensas, que se puede hacer en ese caso? Gracias
Alejandro |
Hola : Gracias por la ayuda, excelente información y el nivel de las preguntas. Alguien me puede responder x favor el %necesario para alquilar portería, solucionar falta de concurrencia a las asambleas para llegar a ese cuorum xq propietarios no se hacen presentes. Nos preocupa la falta del consejo de administración xq nadie quiere asumir (edificio acéfalo) nos inquieta la nula información sobre los arreglos, personas que ingresan ya que no poseemos cartelera para ese fin. Siendo las admin 2 personas es correcto que se tomen vacaciones ambas al mismo tiempo dejando todo en manos de los propietarios. Gracias GENERAL URQUIZA 2148 CABA
MARIA DE LOS ANGELES PUJOL |
Hola, gracias por toda la información que nos brindan a los propietarios para defender nuestros derechos. Quisiera pedirles, por favor, si pueden enviarme el informe por escrito. En el consorcio donde vivo, no sólo alquilan la Portería. El inquilino que no sabemos cómo se llama porque no lo indican en la Liquidación, no comparte los gastos que tenemos que pagar nosotros, y además por si ésto fuera poco, la administradora imprime en las Liquidaciones de Expensas que "le entrega el dinero cobrado por el alquiler de la portería a los integrantes del Consejo de Administración... ¡Negocio redondo! ¿Adónde va a parar todo ese dinero?
Busto Casal Peregrino |
Hola, consulto si podría enviarme por escrito el tema del alquiler del departamento de portería, con sus detalles a favor y en contra, gracias y saludos. Busto Casal P. DNI 93.451.611.
Pablo Miguel Fernandez |
Muy Bueno y Clara explicación. Pregunta aspectos normativos de como ampliar el uso de un edificio de Oficina, agregarle Casa Habitación. ( Modificar el reglamento de copropietarios. Saludos y gracias
Alejandra |
Es obligatorio tener encaragado ya sea con o sin vivienda en edificios de mas de 5 unidades? se pude presciendir de los mismos aunque el edificio tenga 40 unidades y contratar una empreza de limpieza? Desde ya muchas gracias por su respuesta. Saludos
regina |
Muchas gracias Dra,.siempre sus informes ,nos son de utilidad.Y asimismo ud. lo indica muy bien,que los administradores no quieren que se alquile la porteria porque se les termina un colaborador para èl que lo pagamos nosotros.
regina |
Pablo un dìa se manifestò un incendio en la sala de maquinas y el portero no se encontraba en el edificio,(fuè al medico)varios de nosotros detectò el humo y llamò a los bomberos quienes acudieron rompiendo la puerta y apagando el incendio,demàs esta decir que comprobamos que el encargado de 30 años de servicio habia puesto un papelito en los medidores de luz hubo un corto....y el papelito fuè el causante del incendio..Saludos
Aldo L. Pardini |
VERDADERAMENTE EXCELENTE LA OPINION DE UNA PERSONA AUTORIZADA. NOS AYUDA MUCHISIMO EN LA APRECIACIONES DE TEMAS CANDENTES QUE SE PRESENTAN EN TODA LABOR DE CONSORCIOS!!!
Gloria |
Pablo: Aunque el encargado viva en el edificio tiene su horario de trabajo, como cualquier trabajador. No esta obligado a permanecer en su vivienda fuera de su horario de trabajo, de modo que esa situación se puede presentar tenga o no tenga vivienda en el edificio. En todo caso, eso se resuelve colocando dentro de la cabina del ascensor el celular de urgencias de la empresa de ascensores y enviando junto con las expensas los teléfonos de urgencias del service de bombas, eventualmente un electricista y un plomero para las urgencias. Yo vivo en un edificio donde el encargado tiene vivienda y lo resolvemos asi cuando él no está disponible
Damian |
La administradora de mi consorcio que pertenece a la cámara dice y sostiene que no se puede. Podrían aclarar por favor
eduardo blanco |
Estupenda aclaración ; nunca más oportuna en lo que a mi concierne. ¡Gracias! Eduardo de recoleta.-
Oscar |
Pablo: y si durante la noche hay un incendio o un robo o un infarto? Habría que habilitar, además de la portería, unidades de vivienda que se llamarían Bombería, Policiería y Mediquería... ( es tan ridículo este argumento como el suyo)
janice |
maravilhoso porque numa reunion hablei sobre este tema e la administradora hablo que no puedey yo tenia razon se puede. gracias pelo esclarecimento.
Anónimo |
Referente al alquiler del la unidad destinada a porteria. Agradeceria el informe de si es obligatorio tener encardado permanente cuando el edificio cuenta con mas de "X" (no lo se) UF.
Oscar Mantiñan |
Es facultad de los copropietarios eliminar un gasto y convertirlo en un ingreso, renunciando a la probabilidad ( no ya la posibilidad) de ser asistidos por un dependiente fuera de su horario de trabajo. Lujosos edificios europeos carecen de personal con vivienda, sin que se afecte su funcionamiento. Cuando estos temas son debatidos, el Administrador suele desalentar la moción, a veces por convicción, y a veces por conveniencia, pues utliza gratuitamente los servicios del Dependiente.
patricia |
El alquiler del dto. del portero, es independiente de la cantidad de unidades que hay en el consorcio, y con los servicios que posea? Por ej. si el edificio tiene caldera central y termotanque central, igual se puede alquilar la portería? Muchas gracias.
Pablo |
Excelente lo suyo doctora, pero si en algún momento de la noche queda atrapado algún propietario o habitante de algún departamento, en el ascensor o si se rompe una bomba de agua durante la noche donde el encargado no esta porque decidieron alquilar la portería y por ende el encargado no se encontraría en ese horario, va a venir Ud, a sacarlo del ascensor o llamar Ud. a la empresa de ascensores, o Ud. va a venir a destrabar o llamar al servicio de arreglo de la bomba porque el encargado no se encuentra en el edificio porque no vive allí porque se decidió alquilar la portería, explíqueles a los consorcistas eso también, y por favor difundalo
Alejandra |
Muchas gracias por la información DRA. Para tener en cuenta. Breve y claro. Saludos!
Susana |
Por favor necesito saber si el encargado con vivienda debe pernoctar en la misma desde primer minuto del lunes hasta el sábado a las trece( último horario laboral) Ademas dentro de sus obligaciones deberá atender alguna urgencia en el edificio ( nocturna)y se le abonará 4 hrs.extras si ocurriera esa eventualidad.Tambien deberá declarar quienes habitan en portería ej esposa e hijo, pero si no pernoctan en la vivienda ,pues lo hacen fuera ¿ tienen q declarar esta situación al Administrador?. El encargado anuló el timbre del portero eléctrico, se puede volver a su estado original de funcionamiento? Sobre todo en horario laboral?. Gracias
Horacio Franco |
Todo lo que dice la escritura es sagrado si habla de que le corresponde una baulera y está perfectamente delimitada nadie le puede exigir nada. Un matrimonio aligo pasó por las mismas circunstancias y estaba desde hace tiempo muy nervioso. Tomamos un listado de los vecinos que hacían este pedido e hicimos una denuncia por amenazas agresiones, etc etc y se acabó el tema, desaparecieron los guapos, les dolió tener que presentarse dos veces a tribunales a las 7 de la mañana. suerte
Marinella |
En mi edificio hay bauleras en el subsuelo. En mi escritura figura que tengo un espacio de baulera que me corresponde. Hay gente que está cuestionando que esto no es válido y quieren que saquemos nuestras pertenencias de las bauleras. ¿Qué hacemos?
Daniel Puiggrós |
Excelente Victoria, muy sencillo y de llegada massiva. Felicitaciones y saludos cordiales. Daniel Puiggrós
Malagueta |
Muy valiosa la aclaración ! y quien esta facultado para firmar el contrato?