La Resolución General N° 5.321 y sus modificatorias, estableció un régimen de facilidades de pago de carácter permanente que permite regularizar las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social -así como sus intereses y multas-, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
Se sustituye el Anexo denominado “CONDICIONES DE LOS PLANES DE FACILIDADES DE PAGO” de la Resolución General 5.321 y sus modificatorias, por otro Anexo, que entrará en vigencia el día 30-4-2025 y resultará de aplicación para los planes de facilidades de pago que se presenten a partir del 1 de mayo de 2025.///