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Se modifica el CÓDIGO AERONÁUTICO por DNU 941/2024.-

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Fuente: BO del 22-10-2024


Se modifica la Ley N° 17.285 CÓDIGO AERONÁUTICO, que rige la aeronáutica civil en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, su mar territorial y aguas adyacentes y el espacio aéreo que los cubre; definida esta como el conjunto de actividades vinculadas con el empleo de aeronaves privadas y públicas que involucran las actividades de navegación aérea y todas aquellas relaciones de derecho derivadas del comercio aéreo en general.

Se considera que el CÓDIGO AERONÁUTICO ha sido modificado, en última instancia, mediante el DNU° 70/23, cambiando el paradigma de la aviación civil argentina, con sustento en la libertad de comercio, garantía constitucional que persigue el progreso y desarrollo del país.

La Autoridad Aeronáutica Nacional, ejercida por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), establecerá o dictará todas las normas de seguridad operacional de la aviación civil y su sistematización. Podrá practicar las verificaciones relativas a las personas, aeronaves, tripulaciones y cosas transportadas antes de la partida, durante el vuelo, en el aterrizaje o en su estacionamiento y tomar las medidas adecuadas para la seguridad del vuelo. Podrá detener o impedir el vuelo de una aeronave o circulación aérea que no reúna las condiciones exigidas por la ley o por los reglamentos aplicables o por las demás normas que dicte dicha autoridad aeronáutica.

El Poder Ejecutivo Nacional dictará un Reglamento General de Infracciones de la Aviación Civil, comercial y no comercial y establecerá sanciones, entre las cuales habrá multas a valor de ARGENTINOS ORO.

 

® Liga del Consorcista

Tags: código aeronáutico,

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