Se autoriza la apertura como corredor seguro internacional para el ingreso a la REPÚBLICA ARGENTINA, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos de la normativa vigente, y con protocolos, del YACHT CLUB ARGENTINO sito en la Dársena Norte del Puerto de Buenos Aires.
Se autoriza la apertura como corredores seguros internacionales para el ingreso a la REPÚBLICA ARGENTINA, en la Provincia de RÍO NEGRO, en los términos de la normativa vigente, y con protocolos, del Aeropuerto Internacional “Teniente Luis Candelaria” de la ciudad de San Carlos de Bariloche y del paso fronterizo denominado “Pérez Rosales” - Lago Frías (REPÚBLICA ARGENTINA) – Peulla (REPÚBLICA DE CHILE).
Se autoriza la apertura como corredores seguros internacionales para el ingreso a la REPÚBLICA ARGENTINA, en la Provincia de BUENOS AIRES, en los términos de la normativa vigente, y con protocolos, de la Terminal de Cruceros del Puerto de Mar de Plata y de la Terminal Fluvial Binacional de Tigre.///