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Los dos primeros decretos nacionales del año 2025: Importación y exportación de residuos no peligrosos – Declaración del 2025 como Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina

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Fuente: BO del 3-1-2025


Dcto 1/2025

Se establecen los lineamientos para la importación definitiva o temporaria al TERRITORIO NACIONAL, al Área Aduanera Especial y a las Zonas Francas, incluidos sus espacios aéreos y marítimos, y para la exportación, de residuos no peligrosos que hayan sido sometidos a una operación de valorización, a partir de la cual se obtengan materiales que serán utilizados como: 1. insumo para un proceso productivo determinado, o  2. un producto de uso directo.

No estará permitida la importación de aquellos residuos no peligrosos que, habiendo sido sometidos a una operación de valorización, pretendan tener como objetivo la valorización energética y/o su disposición final.

La exportación de residuos no peligrosos valorizados e insumos industriales valorizados no estará sujeta a prohibiciones y debe ajustarse al cumplimiento del Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.

Dcto 2/2025

Se declara el 2025 como Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina

Se  considera: que en este nuevo año cabe profundizar en los cambios estructurales que exigen nuestras instituciones para que quienes habiten este gran territorio puedan progresar viendo garantizada su propiedad, su vida y su libertad; y que, ratificando el rumbo establecido durante el primer año de gestión y a fines de ubicar al país en la senda de la estabilidad y el crecimiento, resulta imperioso proseguir con la implementación de aquellas reformas que harán grande a la REPÚBLICA ARGENTINA. Que por lo manifestado precedentemente se propicia declarar al año 2025 como el “Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina”.

 Así se dispone que durante el año 2025 toda la documentación oficial de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada, así como de los Entes autárquicos dependientes de esta deberá llevar la leyenda “AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA”. El PODER EJECUTIVO NACIONAL realizará las acciones pertinentes tendientes a destacar y difundir las medidas y políticas que se lleven adelante para la consecución de la reconstrucción del país.

Se  invita a los Gobiernos Provinciales y al de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a adherir al decreto, que  entrará en vigencia el 4-1-2025.

 

 

 

® Liga del Consorcista

Tags: año 2025,

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