AFIP estableció un régimen de planes de facilidades de pago en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES” sujeto a las características de cada caso, aplicable para la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones, vencidas hasta el día 30 de junio de 2018, inclusive, así como de sus respectivos intereses.Podrán incluirse las obligaciones que hubieran sido incorporadas en planes de pagos anulados, rechazados o caducos.
La cancelación mediante los planes de facilidades del presente régimen no implica reducción alguna de los intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.
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AFIP-Resolución General 4289-Régimen de facilidades de pago. Obligaciones vencidas hasta el 30/06/2018, inclusive
Fuente: BO del 3-8-2018
Tags: De Interés General para la Familia Urbana, Impuestos / Tasas (AFIP - AGIP - ABL),
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