Créditos para instalaciones internas de consorcios (ej.: problemas en la red de gas, corte del suministro)
´"En el momento de realizar distintos cambios en el interior y exterior de tu edificio, conservar o recuperar su valor patrimonial, o mejorar la accesibilidad física para personas con movilidad reducida, contá con las opciones exclusivas de préstamos que el Banco Ciudad pone a tu disposición.
¡No tener los fondos ya no es una excusa!
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El Banco Ciudad pone a tu disposición opciones exclusivas de préstamos para consorcios (*).(*) Temporalmente aplicable sólo para edificios en CABA.
• Beneficiarios: Consorcios de Propietarios de Edificios o consorcios - catalogados con valor patrimonial - que se encuentren o no radicados en Áreas de Protección Histórica (APH), cuyas unidades funcionales sean propiedad de una o varias personas físicas o jurídicas y se encuentren destinadas a los siguientes usos: vivienda, oficina comercial, estudios y consultorios profesionales.
• Destino: Satisfacción de necesidades de tipo general y adquisición de elementos necesarios para el normal uso del edificio.
• Conservación, refacción, y mantenimiento de espacios comunes: frente de edificios y ascensores.
• Remodelación y refacción de áreas de propiedad común en los inmuebles de propiedad horizontal para dotarlos de accesibilidad física para personas con movilidad reducida.
• Pago de deudas fiscales, sindicales y/o provisionales del consorcio por la mala gestión administrativa del administrador anterior.
• Plazo máximo: 60 meses.
• Sistema de amortización: francés.
REQUISITOS EN GENERAL:
No presentar antecedentes desfavorables en el Banco y en el sistema financiero, tanto el consorcio como el administrador.
Reglamento de Copropiedad, y sus eventuales reformas, debidamente inscriptos.
Acta de Designación del Administrador.
Certificado de Acreditación de inscripción del administrador en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal emitido por la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, según lo establecido mediante Ley Nº 941/CABA - Decreto Nº 706/03 y sus modificatorias, en caso de corresponder.
Acta de Asamblea de Copropietarios, con las mayorías exigidas por el Reglamento de Copropiedad y Administración vigentes para la aprobación de la solicitud del crédito, en la cual se manifieste el monto del préstamo a solicitar y el destino del mismo y en su caso que prevea la creación de la expensa extraordinaria para la garantía y pago del crédito .
Acreditar que el Consorcio se mantiene al día en el pago de sus obligaciones tributarias y previsionales 6 (seis) últimos depósitos de cargas sociales, seguros y/o gastos administrativos y demás cargas que afecten al edificio.
A tal efecto se deberán acompañar las correspondientes constancias de pagos, la inscripción del Consorcio como agente de retención ante la AFIP (circular 3439) de corresponder y los certificados de libre deuda emitidos por los correspondientes Organismos Recaudadores, cuando el destino de los fondos sean trabajos a ejecutar.
Liquidación de expensas de los últimos 12 períodos mensuales, con expresión del porcentual de morosidad registrado en dicho período
Presentación de un flujo de fondos proyectados por un período no inferior a doce meses.
Presentación de una Declaración Jurada respecto al estado de deuda del edificio con terceros
Presentación de una Declaración Jurada en la que se informe que el Consorcio no se encuentra demandado judicialmente al momento de la aprobación de la creación de la expensa extraordinaria.
Constancia de incorporación del bien en el Registro de Bienes Catalogados con Valor Patrimonial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, emitido por el Órgano de aplicación de las normas de protección patrimonial, de corresponder.
Presentación de la aprobación emitida por el Órgano de aplicación de las normas de protección patrimonial y/o Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales a los fines de avalar la iniciación de los proyectos y/o propuestas a efectuar en base a las normativas de protección patrimonial vigentes, de corresponder.
Apertura de una cuenta en el Banco Ciudad, a través de la cual el consorcio autorizará al Banco a efectuar los débitos de los importes de las cuotas del préstamo a su vencimiento.
Adhesión al servicio de recaudación de expensas.
Permitir cualquier inspección que resolviera hacer el Banco.
Presentación del presupuesto de trabajos a ejecutar y/o fotocopias de certificados de deudas fiscales, sindicales y/o previsionales (la cancelación de deudas, se efectuará mediante cheque propio del Banco emitido a nombre de cada Organismo Recaudador) aprobado por asamblea o por el administrador con la conformidad del consejo de propietarios".//////////////////////////////