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GARANTÍAS PARA ALQUILAR: LA OFERTA

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Fuente: Diario El Cronista


Artículo aparecido en la edición impresa del 30/04/2015 Diario El Cronista.
Autor: Sofía Wachler


Frente a la demanda existente, varias entidades bancarias (Supervielle, Ciudad, Provincia) salieron a brindar el producto.
Características y requisitos.

Uno de los requisitos básicos para alquilar una vivienda es la garantía.
No todos los inquilinos cuentan con una garantía propietaria como exigen los propietarios de Capital y, además, que sea de familiar directo.
Quedaron excluidas las de la Provincia de Buenos Aires desde que se sancionó la ley 14.432 en 2012, que convirtió la vivienda única y permanente en inembargable.

Según datos del último Censo de 2010, en el país existen casi dos millones de hogares que alquilan.
Dada esta realidad, varios bancos (como Supervielle, Ciudad y Provincia) comenzaron a ofrecer garantías para alquilar en el último tiempo.

El Banco Ciudad lanzó en marzo el nuevo programa "Alquilar se puede", creado en conjunto con el IVC (Instituto de Vivienda de la Ciudad).
Fue ideado para favorecer el acceso a un contrato formal de alquiler de vivienda en la Ciudad a familias jóvenes y estudiantes de todo el país que residan o trabajen en Buenos Aires e incluye a aquellos que no cuentan con ingresos mensuales formales.

"Este programa completa la oferta en materia de vivienda, en un momento difícil para la compra de propiedades por la alta inflación, el cepo y los precios de las propiedades", señaló Rogelio Frigerio, presidente de la entidad.
Y agregó que la iniciativa ya alcanzó más de 100.000 visitas en Internet, de las cuales más de 6000 están en inscripción.

Pionero

No obstante, el primero en lanzar garantías para alquilar fue el Banco Supervielle, a fines del 2008.
"No es un seguro de caución sino una garantía real sobre el monto del contrato locativo", explicó Alejandro Quatrini, gerente de Canales Indirectos de la entidad.
"Hasta el momento se otorgaron más de 4000 garantías y la expectativa para 2015 es la de colocar 750", añade.

La garantía está orientada a público entre 18 y 85 años que pueda demostrar ingresos y no tenga antecedentes negativos en el sistema.
Para obtenerla no hay que ser cliente del banco.

Quatrini indicó que "tenemos dos, tres y hasta cuatro renovaciones con los mismos propietarios e inquilinos".
El banco paga al 5° día hábil del mes al propietario el alquiler, lo haya hecho o no el inquilino, y al propietario se le informa cuando el inquilino al segundo mes de mora no paga.

El Provincia también se sumó a la tendencia.
Bruno Campanero, subscriptor de Riesgo de Provincia Seguros, señaló que "en 2011 lanzamos el producto 'Garantía de Alquileres con destino a vivienda' y, si bien se pensó para jóvenes que buscaban independizarse, luego se puso a disposición de todos".

Agregó que "actualmente, es uno de los nuestros productos estrella y lo hicimos más transparente: no exigimos que abran cuenta en el Banco Provincia y aceptamos todo tipo de contratos".

Según Campanero, "afianzamos más de 15.000 contratos de alquiler en C.A.B.A.
y Gran Buenos Aires".
Los requisitos son: relación de dependencia de dos años y que el alquiler no supere el 40% de los ingresos del tomador del seguro.
La cobertura incluye el pago del 100% de los cánones locativos, el depósito, las expensas ordinarias, los impuestos que recaigan sobre el inmueble y que estén en cabeza del locatario y ocupación indebida por seis meses, en caso de que el locatario siga ocupando el inmueble finalizado el contrato.

Muchos propietarios y algunas inmobiliarias tienen cierta resistencia a aceptar garantías bancarias.
Roberto Arévalo, presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina, sostuvo que "existe alguna reticencia por parte de los propietarios porque desconocen las bondades del producto, que contempla no sólo los alquileres impagos sino, también, expensas.
El banco que toma a su cargo el pago de lo adeudado, se subroga en los derechos del locador accionando judicialmente".-

® Liga del Consorcista

Tags: propiedad horizontal, De Interés General para la Familia Urbana, alquileres / inquilinos / locaciones, De Interés General para la Familia Urbana,

Comentarios

publicado el 20-5-2015

La garantía bancaria, implica asumir un monto de gastos extras para el propietario, que no pueden cargarse al inquilino si se quiere estar dentro de los valores de plaza.

publicado el 18-5-2015

Entiendo que si un propietario las acepta ,acepta también implicitamente pagar ingresos brutos el iva y etc etc.

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