Con motivo de las inundaciones los vecinos porteños pueden hacer un reclamo administrativo ante el Gobierno de la ciudad autónoma de Buenos Aires.
Se llena un formulario en la Subsecretaría de Emergencias dentro de un plazo perentorio de siete días de ocurridos los daños.
Luego del trámite y verificación pertinentes -y si se reúnen los requisitos legales- se podrá obtener una indemnización, cuyo tope es de $5.000 (cinco mil pesos).
Los requisitos se encuentran en la ley 1575 de la Ciudad de Buenos Aires y su decreto reglamentario 1286/2005.
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Indemnización por Inundaciones
Tags: De Interés General para la Familia Urbana, emergencia pública, indemnizaciones, inundaciones, subsidios,
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Ya salió la tercera edición ampliada y actualizada del manual de la Liga del Consorcista Todo Sobre Consorcios
Se incorporaron las modificaciones del nuevo Código Civil, tomando en consideración las diferencias con la derogada ley 13.512 y las novedades introducidas por el nuevo régimen.
ACCESOS DIRECTOS
Listado de la normativa básica en Propiedad Horizontal actualizada, para su rápida consulta
- Cuandro Comparativo entre la ley de Propiedad Horizontal 13512 y el Nuevo Código Civil
- Nuevo Código Civil y Comercial (parte pertinente)
- Nuevo Código Civil y Comercial (texto completo)
- Convenio Colectivo de Encargados
- Escalas Salariales de Encargados: 2008 | 2009 | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 | 2015 | 2016 | 2017 | 2017 (II) | Abril 2018 | mayo 2019 | Julio 2019 | Noviembre 2019 | Marzo 2020 | Julio 2020 | Noviembre 2020
- Estatuto de Encargados (Ley 12.981)
- Decreto Reglamentario del Estatuto
- Ley de Prehorizontalidad
- Convenio Colectivo del Personal de Seguridad y Escalas 2009
- Convenio Colectivo del Personal de Maestranza