Se establece como objetivo apoyar la actividad emprendedora en el país y su expansión internacional, así como la generación de capital emprendedor en la República Argentina.En particular, promover el desarrollo de capital emprendedor considerando la presencia geográfica de la actividad emprendedora en todas las provincias del país, de modo de fomentar el desarrollo local de las distintas actividades productivas.Define al emprendedor , al emprendimiento, a la institución de capital emprendedor y a los inversores en capital emprendedor.
Establece un tratamiento impositivo especial.Crea el Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE).
Implementa el Sistema de Financiamiento Colectivo como régimen especial de promoción para fomentar la industria de capital emprendedor.
Se crea la sociedad por acciones simplificada, identificada como SAS, como un nuevo tipo societario, con el alcance y las características previstas en esta ley.
Supletoriamente, serán de aplicación las disposiciones de la Ley General de Sociedades, 19.550, t.
o.
1984, en cuanto se concilien con las de esta ley.
Se establece que las sociedades constituidas conforme a la Ley General de Sociedades, 19.550, t.o.
1984 podrán transformarse en SAS.
Se crea el Consejo Federal de Apoyo a Emprendedores con participación público-privada en el ámbito de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción, el que tendrá como función principal participar en la definición de objetivos y la identificación de los instrumentos más adecuados para promover la cultura emprendedora en la República Argentina.
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Por ley 27349 se crea el régimen de APOYO AL CAPITAL EMPRENDEDOR .
Fuente: BO del 12-4-2017
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Comentarios
Florencia del Corro |
que requisitos se necesitan para poder accede a este apoyo de capital?