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Modificación Fechas de Vacaciones de Invierno

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ACORDADA N° 9/2006 - Deja sin efecto Acordadas n° 6/06 y 7/06 y dispone feria judicial invierno 2006 desde el 24/7 al 4/8 - CSJN - 17/04/2006

"...
Disponer en el corriente año, feriado judicial para los tribunales nacionales de la Capital Federal, desde el día 24 de julio y hasta el día 4 de agosto, ambas fechas inclusive."

En Buenos Aires, a los 17 días del mes de Abril del año dos mil seis, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores Ministros que suscriben la presente,

CONSIDERARON:

Que mediante Acuerdo de fecha 11 de abril próximo pasado, el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación rectificó las fechas del receso escolar de invierno en el ámbito de la República Argentina.

Por lo tanto, ACORDARON:

1°) Dejar sin efecto las Acordadas n° 6/2006 y 7/2006.

2°) Disponer en el corriente año, feriado judicial para los tribunales nacionales de la Capital Federal, desde el día 24 de julio y hasta el día 4 de agosto, ambas fechas inclusive.

Hacer saber a las Cámaras Federales de Apelaciones, que con arreglo a lo previsto en la Acordada n° 53/73 - respecto de la coincidencia de la feria en ella establecida con las vacaciones escolares - y a lo dispuesto en la presente, deberán determinar para sus respectivas jurisdicciones, un feriado judicial de diez (10) días hábiles (acápite 2° de la Acordada n° 30/84).

Todo lo cual dispusieron y mandaron, ordenando que se comunicase y registrase en el libro correspondiente, por ante mí, que doy fe.-

Fdo.: Dr.
Lorenzetti, Dra.
Highton de Nolasco, Dr.
Maqueda, Dr.
Fayt, Dr.
Petracchi, Dr.
Zaffaroni y Dra.
Argibay - Ministros CSJN Dr.
Nicolás Reyes Administrador General CSJN

® Liga del Consorcista

Tags: Administrativo. Registros & Temas Municipales, De Interés General para la Familia Urbana, feriado,

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