Por ley 25746 se creó el Registro Nacional de Información de Personas Menores Extraviadas, en ámbito del Ministerio de Justicia Seguridad y Derechos Humanos.
Estará dedicado a organizar una base de datos de menores con paradero desconocido y de los que se encuentren en establecimientos de atención, resguardo,detención o internación.
Las fuerzas de seguridad que tomen conocimiento de estas situaciones, deberán ponerse en inmediata comunicación con el Registro.
El Registro funcionará las 24 horas, de todos los días del año y tendrá un Consejo Asesor Honorario.
En 60 días el Poder Ejecutivo Nacional deberá dictar la reglamentación.
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Nuevo Registro de MENORES EXTRAVIADOS
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