El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad crea el PROGRAMA DE TRANSICIÓN AL SALARIO SOCIAL COMPLEMENTARIO el cual tendrá por objeto implementar medidas de apoyo orientadas a trabajadoras y trabajadores incluidos en acciones o programas nacionales de empleo vinculados a la economía popular, hasta la efectiva implementación del Salario Social Complementario previsto por la Ley N° 27.345.
Serán destinatarios del PROGRAMA DE TRANSICIÓN AL SALARIO SOCIAL COMPLEMENTARIO aquellas trabajadoras y aquellos trabajadores que finalicen, o finalizaran luego de la entrada en vigor de Ley N° 27.345, su participación en algunas de las líneas de asistencia económica individual del PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO, en el PROGRAMA CONSTRUIR EMPLEO o en acciones especiales de empleo implementadas por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL orientadas a sectores de la economía popular.
La SECRETARÍA DE EMPLEO podrá extender la cobertura del presente Programa a otros grupos de trabajadoras y trabajadores incluidos en otros programas o acciones de empleo.
Las trabajadoras y los trabajadores destinatarios del PROGRAMA DE TRANSICIÓN AL SALARIO SOCIAL COMPLEMENTARIO percibirán en forma directa y personalizada una ayuda económica no remunerativa mensual de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000), para su disponibilidad a través de una tarjeta magnética.
Esta prestación dineraria tendrá por objetivo solventar, apoyar y promover los esfuerzos individuales y colectivos de los sectores sociales más postergados, dirigidos a concretar su fuerza laboral en un trabajo formal y de calidad.
El cobro de la ayuda económica del PROGRAMA DE TRANSICIÓN AL SALARIO SOCIAL COMPLEMENTARIO será incompatible con la percepción de:
1.
una remuneración proveniente de un contrato laboral bajo relación de dependencia;
2.
prestaciones contributivas por desempleo;
3.
prestaciones previsionales;
4.
ayudas económicas provenientes de programas de empleo.
La SECRETARIA DE EMPLEO dictará las normas reglamentarias, complementarias, aclaratorias y de aplicación necesarias para la implementación del PROGRAMA DE TRANSICIÓN AL SALARIO SOCIAL COMPLEMENTARIO, y estará facultada para suscribir los convenios que sean necesarios para su instrumentación.
Todo el país
PROGRAMA DE TRANSICIÓN AL SALARIO SOCIAL COMPLEMENTARIO Resolución 201-E/2017
Fuente: BO el 17-4-2017
Luis Jorge armando |
Hola me llamo Jorge tenía que A ver cobrado el día cinco de junio el plan social complementario y no lo cobre
Arruajuanjesus |
Cobre octubre y noviembre el plan salario social complementario y este mes ya no cobre quiero aser el reclamo como puedo hacer
Vanesamamondez |
No cobre el mes de febrero quiero saber si me lo sacaron al plan contesten x favor o demen algun num para llamar gracias.
Andrea Falcon |
Hola yo tengo unicamente la AUH.. Puedo cobrar el salario complementario??? No resivo ninguna, ayuda mas..realmente lo necesito! Por FABOR!! Contestar??
Candela Soledad Aguilar |
Tendría que haber cobrado el 5/12 Y hasta la fecha no cobre, necesito información sobre mi estado.
Tamara |
Es compatible el salario social complementario con el blanqueo x empleada domestica??
ACOSTA GRISELDA BEATRIZ |
BUENAS TARDES YO COBRO EL PROGRESAR ...YO ESTY ESTUDIANDO PARA PROFESORADO DE NIVEL PRIMARIO YO COBRO ESA AYUDA??? GRACIAS
luis alberto ledesma |
yo cobraba el salario social complementario y en el mes de noviembre no lo estoy cobrando mi tarjeta tiene el numero 5010822213048474000
Laura |
Hola soy desempleada no cobro nada puedo percibir ese beneficio soy de la provincia de jujuy como hago para inscribieren aquí en la provincia solo tenés q estar con un puntero político sino no te dan importancia...
monica sarmiento |
hola yo tengo 52 años y cobro asignacion universal por hijo de una nena de 15 años ,cuales son los requisitos que debo reunir para cobrar los 4000?o adonde debo presentar mis papeles?no cuento con el secundario debere hacer algun curso,trabajar?gracias
Silvina Tonello |
Yo soy Monotributista y no superó los $7470 por mes. Entraría dentro del programa?ni cel Mill