FERIADOS INAMOVIBLES
Los feriados inamovibles se rigen por la Ley 21.329, excepto el 8 de Diciembre, incorporado por la Ley 24.445.
8 de diciembre (Viernes) | Inmaculada Concepción de María |
25 de Diciembre (Lunes) | Navidad |
FERIADOS TRASLADABLES
12 de Octubre (Se traslada al lunes 16 de octubre) | Día de la Raza |
(*) Estos Feriados se rigen por la Ley Nº 23.555.
Las fechas que coincidan en martes y miércoles se trasladan al lunes anterior; las que coincidan en jueves y viernes se trasladan al lunes posterior.
DÍAS NO LABORABLES INAMOVIBLES
23 de septiembre (Sábado) | Primer Día de Rosh Hashana Año Nuevo Judío* |
24 de Septiembre (Domingo) | Segundo Día de Rosh Hashana Año Nuevo Judío* |
2 de octubre (Lunes) | YOMKIPUR (Gran Día del Perdón)* |
23 de Octubre (Lunes) | Culminación del Ayuno** |
# Fechas aproximadas.
Se rigen por el calendario lunar.
*Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía.
Dispuesto por la Ley 24.571