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Qué Feriados Quedan en el Resto del Año?

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FERIADOS INAMOVIBLES

Los feriados inamovibles se rigen por la Ley 21.329, excepto el 8 de Diciembre, incorporado por la Ley 24.445.

8 de diciembre (Viernes) Inmaculada Concepción de María
25 de Diciembre (Lunes) Navidad



FERIADOS TRASLADABLES

12 de Octubre (Se traslada al lunes 16 de octubre) Día de la Raza


(*) Estos Feriados se rigen por la Ley Nº 23.555.
Las fechas que coincidan en martes y miércoles se trasladan al lunes anterior; las que coincidan en jueves y viernes se trasladan al lunes posterior.


DÍAS NO LABORABLES INAMOVIBLES

23 de septiembre (Sábado) Primer Día de Rosh Hashana
Año Nuevo Judío*
24 de Septiembre (Domingo) Segundo Día de Rosh Hashana
Año Nuevo Judío*
2 de octubre (Lunes) YOMKIPUR (Gran Día del Perdón)*
23 de Octubre (Lunes) Culminación del Ayuno**


# Fechas aproximadas.
Se rigen por el calendario lunar.
*Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía.
Dispuesto por la Ley 24.571
® Liga del Consorcista

Tags: De Interés General para la Familia Urbana, feriado,

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