07.03.2010
En autos “Pueblo SRL y otros c/ Provincia de Buenos Aires y otros s/ Amparo” de la Excma.
Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín se rechazó un amparo contra la ley de la Prov.de Bs.As.14.050 que puso un techo al horario de ingreso y cierre a los boliches y a la venta de alcohol.
Se consideró que no se acreditó afectación a los derechos constitucionales de propiedad, de igualdad, y de comerciar y ejercer industria lícita, sino que con esa normativa se pretende resguardar la salubridad , seguridad y moralidad, en ejercicio del poder de policía, con el fin de asegurar el bienestar general, sin que se advierta irrazonabilidad o arbitrariedad.
La impugnación se apoyaba en criterios de rentabilidad del interesado, que debe ceder ante la conveniencia colectiva.
Aplaudimos esta decisión tomada por la Justicia en favor del bienestar general.
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