REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS-Por Disposición 243/2014 de la Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios y a los fines del cálculo de los aranceles de inscripción inicial y de transferencia de automotores y de motovehículos establecidos por Resolución M.J.
y D.H.
N° 314 del 16 de mayo de 2002 y sus modificatorias, se aprobó la Tabla de Valuación de los Automotores y Motovehículos .y se dispuso que a los fines del cálculo del valor de referencia de aquellos automotores y motovehículos cuyo modelo y año no estuviere valuado en la tabla que se aprueba el Registro Seccional interviniente deberá adicionarle un OCHO POR CIENTO (8%) al valor establecido para el año inmediato anterior, en su defecto serán de aplicación para la valuación las previsiones contenidas en la Resolución M.J.
y D.H N° 314 del 16 de mayo de 2002 y sus modificatorias.
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Se aprobó Tabla de Valuación de los Automotores y Motovehículos
Fuente: B.O.1-7-2014
Tags: Administrativo. Registros & Temas Municipales, De Interés General para la Familia Urbana, registros,
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